• Spiriman
  • Curriculum Vitae
  • SEPE
  • Subsidio
  • Declaración de la Renta
  • Pensión
  • Seguridad Social
  • Pensión
  • Desempleo
  • Elon Musk
  • Hábitos
  • Emprendedor
  • Firts Dates
  • Leroy Merlin
Noticias sobre discapacidad, turismo, sociedad y economía
Sin Resultados
Ver todos los resultados
  • INICIO
  • ACTUALIDAD
  • ACCESIBILIDAD
  • MAYORES
  • DEPORTES
  • TURISMO
  • PRESTACIONES
  • EMPLEO
  • CONSUMO
  • Salud & Bienestar
  • INICIO
  • ACTUALIDAD
  • ACCESIBILIDAD
  • MAYORES
  • DEPORTES
  • TURISMO
  • PRESTACIONES
  • EMPLEO
  • CONSUMO
  • Salud & Bienestar
Sin Resultados
Ver todos los resultados
Noticias sobre discapacidad, turismo, sociedad y economía

Cotización en el subsidio para mayores de 52 años: cuantía y duración

Las personas que perciben el subsidio para mayores de 52 años siguen cotizando a la Seguridad Social de cara a la jubilación

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
06/08/2021 06:00
en Ayudas y Prestaciones
subsidio cotización

Subsidio para mayores de 52 años

PUBLICIDAD

Estas son las obligaciones de los pensionistas con la Seguridad Social

Requisitos básicos de la jubilación activa en 2022

Esta es la multa que tendrás que pagar a Hacienda por presentar la Declaración de la Renta fuera de plazo

Las personas con más de 52 años y que se encuentren en situación de desempleo en España pueden percibir un subsidio de carácter especial hasta pasar a cobrar la pensión de jubilación por la Seguridad Social, siempre que cumpla con unos requisitos establecidos previamente.

PUBLICIDAD

El subsidio para mayores de 52 años constituye una prestación en euros que recibe la persona beneficiaria de forma mensual. Esta ayuda económica se puede recibir de forma ininterrumpida hasta pasar a percibir la pensión contributiva de jubilación.

Además, una de las características más llamativas de este subsidio es que la persona que recibe esta pensión sigue cotizando a la Seguridad Social durante la percepción del mismo. Estas cotizaciones configurarán la cuantía definitiva a la hora de acceder a la jubilación.

PUBLICIDAD

Cotización en el subsidio para mayores de 52 años

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones establece lo siguiente con respecto a la cotización durante la percepción del subsidio para mayores de 52 años: «En ningún caso estas cotizaciones por jubilación subsidio de desempleo tienen validez y eficacia para acreditar el período mínimo de cotización exigido para acceder a la pensión contributiva de jubilación; que debe ser acreditado en el momento de la solicitud del subsidio por desempleo para mayores de 52 años».

Ayudas parados euros
Subsidio para mayores de 52 años

Así, para establecer la cotización para la jubilación durante el periodo de percepción del subsidio, la Seguridad Social toma como base el 125% del tope mínimo vigente que esté activo en cada momento.

Además, los trabajadores que cobran el subsidio para mayores de 52 años pueden suscribir un convenio con la Seguridad Social. Esto es una especie de acuerdo para completar la cotización que realiza la entidad gestora durante la percepción de dicho subsidio.

Igualmente, con este convenio también se pretende conservar las bases de cotizaciones previas, con la finalidad de evitar la reducción de la cuantía a percibir en la futura pensión de jubilación de la Seguridad Social que corresponda.

PUBLICIDAD

Si bien, en este convenio con la Seguridad Social, la base de cotización está conformada por la diferencia entre la base de cotización seleccionada por la persona beneficiaria y aquella por la que cotice la correspondiente entidad gestora.

Duración y cuantía

La duración del subsidio para personas mayores de 52 años depende de la persona beneficiaria y si sigue cumpliendo todos los requisitos durante la percepción del mismo. En caso de que así sea, el cobro puede extenderse hasta cumplir la edad de jubilación ordinaria.

No obstante, la persona beneficiaria debe presentar cada año una declaración de rentas anual para acreditar que sigue existiendo carencia de rentas.

Si bien, el SEPE podría suspender el pago del subsidio para mayores de 52 años por diferentes motivos, aunque también es posible volver a reanudar.

En cuanto a la cuantía mensual del subsidio para mayores de 52 años, el importe es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) que esté fijado en cada año.

Por lo tanto, en este año 2021, la cuantía mensual de este subsidio asciende a 451, 92 euros; suponiendo unos ingresos anuales de 7.230,72 euros por su percepción.

Temas: Subsidio

Artículos Relacionados

Obligaciones de los pensionistas
Ayudas y Prestaciones

Estas son las obligaciones de los pensionistas con la Seguridad Social

21 mayo 2022
Jubilación activa
Ayudas y Prestaciones

Requisitos básicos de la jubilación activa en 2022

21 mayo 2022
Multa por hacer la declaracion de la renta fuera de plazo
Ayudas y Prestaciones

Esta es la multa que tendrás que pagar a Hacienda por presentar la Declaración de la Renta fuera de plazo

21 mayo 2022
Siguiente Artículo
Fibra alimentaria

Por qué es importante consumir alimentos ricos en fibra

Actualidad

  • Personas Mayores
  • Actualidad
  • Turismo
  • Salud
  • Ayudas y Prestaciones
  • Deportes
  • Estilo y Bienestar

Discapacidad

  • Discapacidad
  • Incapacidad Permanente
  • Accesibilidad
  • Subsidio
  • Pensión
  • Diabetes
  • Imserso

De Interés

  • Cine y Televisión
  • Educación
  • Entrevistas
  • Historias de Superación
  • Interesante
  • Productos
  • Opinion

Información

  • OTIUM
  • VIRAL NEWS
  • Contactar
  • Publicidad
  • Aviso Legal
  • Quienes Somos
  • Política de privacidad y cookies
  • OTIUM
  • VIRAL NEWS
  • Contactar
  • Publicidad
  • Aviso Legal
  • Quienes Somos
  • Política de privacidad y cookies

© 2022 Tododisca, diario digital líder en discapacidad, mayores y salud - Todos los derechos reservados.

Sin Resultados
Ver todos los resultados
  • INICIO
  • ACTUALIDAD
  • ACCESIBILIDAD
  • MAYORES
  • DEPORTES
  • TURISMO
  • PRESTACIONES
  • EMPLEO
  • CONSUMO
  • Salud & Bienestar

© 2022 Tododisca, diario digital líder en discapacidad, mayores y salud - Todos los derechos reservados.