El Código Civil establece que el testamento es el acto mediante el cual, una persona dispone lo que quiere que ocurra con sus bienes, o con parte de ellos, para cuando ya no esté. Del mismo modo, indica que de llevarse a cabo debe ser un acto personal y que jamás se podrá hacer de manera mancomunada. Pues realizar este documento, no es obligatorio, no existe ninguna ley que obligue a los ciudadanos a tener que dejar mediante ningún canal oficial lo que quiere que ocurra con su herencia.
Y es que el ordenamiento jurídico español, cuenta con las herramientas suficientes para llevar a cabo la partición de una herencia sin que exista testamento. Entonces, cabe peguntarse qué lleva a una persona a realizar un testamento. Los motivos pueden ser tantos como personas decidan testar, pero fundamentalmente, se realiza por tres motivos.
El primero, porque el testador tenga claro cómo quiere repartir su herencia y que quiere beneficiar de algún modo a alguno de sus herederos, o incluir a alguien que de otra forma no sería sucesor. También hay parejas que realizan testamentos denominados coloquialmente ‘del uno para el otro’, para protegerse mutuamente en caso de que uno fallezca. Pero sin ninguna duda, el motivo más repetido en base a lo que indica la práctica jurídica, es que el testador realiza este acto para evitar problemas familiares.
Sin embargo, es importante tener claro que aun realizando testamento, este tiene que estar realizado conforme indica el Código Civil. Esto significa, que hay unas bases establecidas que deben respetarse. Tanto es así, que aun con este documento, el testador no es totalmente libre dejar en herencia a quien estime oportuno, sino que existen una serie de personas a los que tiene que incluir para que el documento sea válido. De no cumplirse las premisas impuestas en la legislación, el testamento no sería válido.
Reparto de la herencia sin testamento
Cuando no hay testamento, se inicia lo que se denomina sucesión intestada. Esto no es un problema para lo que es el proceso en sí, pues el Código Civil cuenta con las herramientas necesarias para llevar este proceso a cabo. De este modo, una vez identificada la masa hereditaria, lo más importante en este proceso es saber quiénes son los herederos, pues al no existir testamento, el testador no ha indicado su deseo.
Sin embargo, el Código Civil establece que en la sucesión intestada, la herencia corresponde en primer lugar a la línea recta descendente, es decir, hijos y nietos. De este modo, los hijos del difunto heredarán dividiendo la herencia en partes iguales. Si el difunto no tuviese descendencia, la herencia se transmitiría de forma ascendente, de tal forma que si viven padre y madre, heredarían a partes iguales, pero si solo sobreviviera uno, este sería quien recibiese toda la masa hereditaria. A falta de padre y de madre sucederán los ascendientes más próximos en grado.
A falta de descendientes y ascendientes, y antes que los colaterales, sucederá en todos los bienes del difunto el cónyuge sobreviviente. Ya en el caso de no haber cónyuge o estos estuviesen legalmente separados, heredarían los familiares colaterales. Finalmente, si el fallecido no tuviese familia, sería el Estado quien heredaría su masa hereditaria.
Consecuencias para los herederos
Realmente la falta de testamento no tiene por qué tener consecuencias para los herederos. Sin embargo, esto no es del todo cierto, lo que ocurre, es que no existen unas consecuencias establecidas o reguladas. Es decir, esta consecuencia es muy personal de cada caso. Por ejemplo, los herederos forzosos van a heredar siempre, sin embargo, podría darse el caso de que si el causante hubiese dejado testamento, hubiese beneficiado a unos sobre otros.
Del mismo modo, podría ocurrir que en una herencia con testamento, el testador dejara el tercio de libre designación a un amigo o persona que por ley, no le corresponde ser heredero. Este es el motivo principal por el que el testamento es una herramienta para evitar conflictos familiares, pues el reparto, sería la voluntad oficial del causante sin discusión. Sin embargo, a falta de este, el reparto más igualitario siempre despierta desacuerdos en base a lo ‘justo’ o lo que ‘hubiese hecho’ el fallecido.