El poder notarial es uno de los tantos trámites que una persona necesita hacer ante notario para que este sea válido. Se trata de un documento público mediante el cual, una persona física o jurídica, autoriza a otra para que la represente en determinados actos jurídicos. Para ello, hacerlo ante notario y la firma de este es fundamental.
En términos jurídicos, la persona que otorga el poder se le denomina poderdante. Por su parte, la parte que lo recibe y podrá actuar como representante, es el apoderado. A partir de la firma del poder notarial, el apoderado podrá actuar como si fuese el propio poderdante en los actos jurídicos que considere oportunos.
No obstante, existen diferentes tipos de poderes notariales en función del objeto por el que el poderdante otorgue dicho documento. Pues en España, la mayor parte de los actos jurídicos admiten que se lleven a cabo mediante un representante. Lógicamente, hay actuaciones como la de otorgar testamento que son de carácter personal e intransferible.
En este sentido, podemos diferenciar fundamentalmente dos tipos:
- Poder notarial general: Con este tipo de documento, autorizamos a nuestro representante de forma general para que nos represente en el ámbito o los ámbitos que esclarezcamos en el propio poder.
- Poder notarial especial: En este caso, el documento se otorga para que nos representen en una situación concreta y delimitada en el documento.
SOLICITAR AL NOTARIO UN PODER
El único requisito para poder otorgar un poder notarial es que el poderdante sea mayor de edad y esté en posesión plena de sus facultades mentales. Ambas circunstancias serán comprobadas por el notario en el momento en el que el interesado acuda a realizar este trámite. A parte de estos requisitos, para otorgar un poder notarial solo debes buscar un notario, concertar una cita y acudir con tu Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
Del mismo modo, necesitarás conocer el nombre completo y el DNI de la persona a la que le otorgarás el poder, sin embargo, no es necesario que esta esté presente. A partir de aquí, la notaría redactará el documento y será el notario la persona que compruebe tus datos y que entiendes lo que vas a firmar. Cabe señalar, que un poder notarial no es algo vitalicio. Este se puede anular en el momento que el poderdante considere oportuno.
CONSEJO DE LOS EXPERTOS: LIMITA EL TIEMPO DEL PODER
A pesar de ser una herramienta muy práctica para muchas personas, los expertos aconsejan limitar en el tiempo la validez del poder notarial. Y es que por mucho que confiemos en nuestro representante, que una persona tenga el poder de actuar en nuestro nombre puede causar problemas a la larga.
Por este motivo, lo mejor es que al conceder el poder notarial, le traslademos al notario la idea de limitar lo máximo posible la potestad que el otorgamos a nuestro representante, de tal modo, que pueda ceñirse casi en exclusiva a ejecutar los actos por los que se le ha reconocido este papel.
De hecho, muchos profesionales del sector aconsejan que se limite el poder en el tiempo y que si fuera necesario, se realice un nuevo poder llegado el momento. Pues como muchos de ellos explican, es mejor gastarse de nuevo los 60 euros que cuesta este trámite que poder subsanar algunas consecuencias de no hacerlo.