El paro es la prestación contributiva que el Gobierno de España tiene establecida para aquellas personas que aún pudiendo y queriendo trabajar, hayan perdido su empleo de forma temporal o definitiva, o haya visto reducida su jornada ordinaria de trabajo entre un 10 y un 70 por ciento. Por lo habitual, una vez se concede esta prestación, el beneficiario la cobra de forma mensual, de igual modo en el que percibía su salario cuando trabajaba.
Sin embargo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tiene una opción disponible para algunos trabajadores desempleados, mediante la cual, es posible que reciban todo el dinero del paro de una sola vez. No obstante, para poder acceder a esta posibilidad, deben cumplirse unos requisitos muy específicos, además de los necesarios para cobrar el paro, que en este caso son:
- Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.
- Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
- No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
- No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
Una oportunidad para rehacer tu vida
Pero, ¿Qué motivos puede tener el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para permitir cobrar todo el paro de una sola vez? Cabe recordar, que el objetivo máximo del SEPE es reducir la tasa de paro en España. Un fin para el que trabaja en distintos ámbitos, entre los que destacan la formación, la promoción de ofertas, y la gestión y concesión de gran parte de los subsidios por desempleo. Todo ello, con una finalidad bien marcada: Que se reduzca el número de desempleados.
En este sentido, hay una vía más que permite que haya personas sin empleo que consigan volver a estar en activo. Dicho camino radica en trabajar por cuenta propia, es decir, montar un negocio y emprender. De este modo, una persona sin empleo puede conseguir autoemplearse en su propio proyecto y acabar generando beneficios. Sin embargo, la gran traba en estos casos suele ser la falta de dinero para poder empezar.
Justo esa es la razón, por la que desde el SEPE ahora se permite cobrar el paro de una sola vez. Y es que los desempleados que muestren interés en montar un negocio, la administración puede concederle el cobro del paro completo para ayudarles en esta misión. No obstante, no es tan fácil. El interesado debe presentar un proyecto y justificar el destino de ese dinero. Pero además, deberá cumplir con otros requisitos establecidos por el SEPE.
Cobrar todo el paro de una sola vez es posible
El SEPE va a permitir cobrar el paro a todas aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo, pero que cuentan con un proyecto con el que emprender un negocio. Por tanto, se trata de un apoyo económico que tiene como objetivo, ofrecer el capital necesario a quienes tengan una idea en la que trabajar. Sin embargo, no basta con dar una idea. El SEPE exige que a cambio, se cumplan los siguientes requisitos:
- Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral, pendiente de recibir a fecha de solicitud del pago único, al menos tres mensualidades.
- En el supuesto de capitalización de la prestación por desempleo para las personas trabajadoras con contrato indefinido de sociedades laborales o cooperativas que pretendan incorporarse como socias trabajadoras o de trabajo de dichas sociedades laborales o cooperativas, deben reunir todos los requisitos para ser beneficiarias de la prestación contributiva por desempleo, excepto el de encontrarse en situación legal de desempleo.
- Los beneficiarios de la prestación por cese de actividad es necesario que tengan pendiente de percibir como mínimo seis meses.
- No haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud. No obstante, una vez realizada la solicitud, se puede iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago.
- Si se ha impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral que ha dado lugar a la prestación por desempleo, cuya capitalización se pretende, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución del procedimiento.