La segunda pata de la reforma de pensiones incluye diferentes medidas que afectan a la cotización de los trabajadores durante su vida laboral. Así, estas medidas también tendrán influencia en aquellas personas que vayan a percibir una pensión de incapacidad permanente en España.
Uno de los principales objetivos de la reforma de pensiones es aumentar los ingresos del sistema en los próximos años, para contar con las garantías suficientes que permitan hacer frente al pago de las pensiones de la generación del ‘Baby Boom’.
Medidas que pueden afectar a la incapacidad permanente
Entre las medidas incluidas en la segunda pata de la reforma de pensiones, se incluyen algunas que pueden tener efectos en las pensiones de incapacidad permanente. Especialmente, aquellas relacionadas con la cotización a la Seguridad Social.
Hay que tener en cuenta que para calcular la cuantía de la pensión de incapacidad permanente de un ciudadano juega un papel su cotización previa a la Seguridad Social, que sirve para obtener su base reguladora. Igualmente, también es importante considerar la cotización a la Seguridad Social de aquellos trabajadores que compatibilizan la actividad laboral y la percepción de una pensión de incapacidad permanente.
Una de las medidas más destacadas es la cotización adicional con la cuota de solidaridad. Esta cuota está dirigida únicamente a las personas que superen la base máxima de cotización que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año. Se trata de una cotización extra que se aplicará de manera gradual desde 2025 a 2045, llegando a valores del 6%.
También es importante destacar el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). En este sentido, la reforma de pensiones incluye un aumento porcentual desde 2024 hasta el año 2029, pasando del 0,6 actual a 1,2 puntos. Cuando se implemente por completo, la cotización del 1% será responsabilidad de la empresa y el 0,2 restante del trabajador.
El aumento del MEI es un aspecto que influye a los trabajadores que perciben una incapacidad permanente. Además, también aumenta la cotización a la Seguridad Social de cara a la percepción de una posible pensión de incapacidad en un futuro.
Cotización por jornada parcial
A continuación vamos a destacar una de las medidas que más pueden afectar a los beneficiarios de incapacidad permanente, aunque en este caso, para bien. El Gobierno de España ha aprobado una equiparación de la jornada de trabajo a tiempo parcial con una jornada a tiempo completo, a efectos del cómputo de los periodos cotizados para el reconocimiento de pensiones de incapacidad permanente, jubilación, prestación de incapacidad temporal o pensión de viudedad.
Desde ‘CampmanyAbogados‘ argumentan que «esta es una muy buena noticia para quienes desempeñan una actividad a jornada parcial, ya que ahora desaparece la distinción a la hora acreditar el período cotizado requerido para causar derecho a una prestación. Por ejemplo, si se piden cinco años cotizados para acceder a una incapacidad, será indiferente si estos se han trabajado a tiempo parcial o completo».
Por otra parte, la segunda pata de la reforma de pensiones también contempla mejoras para las lagunas de cotización y en el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Hay que recordar que dicho complemento está disponible para los beneficiarios de pensión de jubilación, incapacidad permanente y viudedad.
Así, la reforma recoge una subida adicional del 10% a su revalorización durante los años 2024 y 2025 para el complemento que tiene como objetivo reducir la brecha de género en las pensiones.