Cualquiera de los subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo (SEPE), están pensados con el objetivo de ayudar económicamente a una persona que no tiene trabajo. Es decir, es una prestación destinada a todas aquellas personas que no cuentan con ingresos para mantener su bienestar y por tanto, no trabajan.
Y es que el paro es uno de los grandes problemas con los que cuenta la sociedad española. España es uno de los países con mayor tasa de paro de Europa. Esto significa que gran porcentaje de su población, no tiene un trabajo con el que subsistir. Este problema se hace especialmente difícil en el sector de la población mayor de 52 años.
Por este motivo, el SEPE tiene un subsidio por desempleo específico para mayores de 52 años. Pues para los adultos a partir de esta edad, entrar de nuevo en el mercado laboral es más complicado. Sin embargo, lo habitual, como en cualquier tipo de ayuda de este tipo, es que cuando la persona encuentre un empleo, se le retire la prestación.
Sin embargo, debido a lo complejo que es conseguir un trabajo a dicha edad, el SEPE permite mantener el subsidio para mayores de 52 años aunque la persona haya conseguido un contrato laboral. No obstante, para que esto se lleve a cabo, deben cumplirse una serie de requisitos como estar inscrito en la oficina de empleo y que el contrato conseguido sea a tiempo completo y con una duración de más de tres meses.
CASOS EN LOS QUE PODRÁS COBRAR EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO AUN TRABAJANDO
Como hemos señalado anteriormente, para poder cobrar el subsidio por desempleo para mayores de 52 años deben cumplirse varios requisitos. Pero no son los únicos. Esta condición no se aplica a los contratos subvencionados por el SEPE, ni a los contratos de inserción, ni contratos otorgados a cargos directivos de una empresa o miembros de los órganos de administración de entidades o empresas con forma jurídica de sociedad.
Por su parte, la empresa que contrata también debe contar con una serie de requisitos. Entre ellos, no contar con un Expediente de Regulación de Empleo de extinción, suspensión o reducción de jornada ni haber tenido al trabajador contratado durante los últimos doce meses. Tampoco se contempla esta situación si alguno de los directivos o miembros de la empresa están emparentados con el empleado hasta el segundo grado de consanguinidad o son cónyuges.
OTROS REQUSITOS FUNDAMENTALES
Para poder llevar a cabo esta compatibilidad entre un contrato laboral y el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, el contrato deberá estar registrado por parte de la empresa contratante y el trabajador en la oficina de prestaciones. Es este organismo el encargado de discernir si lo aprueba o no.
Si tanto el empleado, como la empresa y el contrato que una ambas partes cumple con los requisitos establecidos, la oficina de prestaciones aprobará la compatibilidad del cargo con el subsidio por desempleo. En este momento, se reanudará el abono del subsidio que se cobrará desde la fecha de comienzo del contrato pero con una reducción del 50 por ciento.
Pero, ¿Qué ocurre si el trabajador deja el empleo antes de cumplir el periodo que le permita tener derecho a paro? En este caso, tendrá 15 días para notificar este hecho en la oficina de empleo. A partir de que el organismo reciba y compruebe esta nueva situación, reactivará el pago completo del subsidio.