La Audiencia de Segovia ha condenado a un hombre a dos años de cárcel como autor responsable de un delito continuado de estafa a una mujer con una discapacidad psíquica del 33 reconocida por el IMSERSO de Castillo y León. Además, también se le ha condenado con una indemnización de 31.450,01 euros a la mujer.
El condenado, según ha dictado la sentencia, consiguió endeudar a la mujer con dos préstamos bancarios para adquirir dos vehículos en muy poco tiempo y traspasarlos, muy poco tiempo después, a su nombre. La maniobra, según la sentencia, ha sido simple pero muy eficaz.
La mujer, al tener reconocida la discapacidad psíquica del 33 por parte del IMSERSO de la Junta de Castilla y León, fue declarada «incapacitada para determinadas actuaciones, entre otras, dar y tomar dinero a préstamo o disponer a título gratuito de bienes o derechos», según una sentencia de julio del año 2019, un año después de presentar los hechos en el juzgado y de ser nombrada a su madre «curadora».
Según el auto, el autor de los hechos conocía la discapacidad psíquica de la mujer y su personalidad manipulable, además de que tenía una cierta facilidad para influir en ella. «Con ánimo de lucro trazó un plan dirigido a aprovecharse económicamente de aquella, debiéndose racionalmente valorar por el mismo como un acto descabellado o irracional,», dicta la sentencia por el juzgado.
Un hombre convenció a una mujer con discapacidad psíquica de la compra de dos vehículos
El hombre consiguió convencer al a mujer en el mes de julio de 2018 para comprar un vehículo. Este vehículo tenía un importe de 13.950.01 euros y realizaron una financiación de un préstamo de casi 20.000 euros en un número de cuenta de Bankia, que pertenecía a la mujer estafada. En pocos días, el vehículo pasó a ser titularidad del acusado.
Un mes después de estos primeros hechos, y guiado por el mismo ánimo de lucro, convenció a la víctima para poder comprar otro vehículo». En este caso, el importe del vehículo fue de 17.500 euros, aunque fue financiado por otra entidad bancaria. El dinero total ascendía a más de 25.300 euros por la compra del segundo vehículo.
Como ocurrió con el primer vehículo, a los pocos días de la adquisición se cambió la titularidad del vehículo a nombre del acusado. Este cambio se realizo sin que la mujer con discapacidad hubiera accedido a los turismos ya que ella no contaba con el carné de conducir.
En la misma sentencia, la Audiencia Provincial de Segovia, ha decidido absolver a otras dos personas por unos delitos que les imputaba la acusación particular, ejercida por la madre de la víctima. No obstante, a pesar de las acusaciones, no se consiguió demostrar que estas dos personas tuviesen nada que ver con los hechos acontecidos.