El Servicio Público de Empleo Estatal, conocido como SEPE, ha incluido nuevos cambios en las prestaciones para las personas que son empleadas del hogar. En este sentido, el organismo ha lanzado un aviso importante que deben de tener en cuenta muchas personas.
El SEPE, que depende del Ministerio de Trabajo y Economía Social, trabaja para contribuir al desarrollo de la política de empleo, gestionar el sistema de protección por desempleo y garantizar la información sobre el mercado de trabajo. Todo ello con el fin de conseguir la inserción y permanencia en el mercado laboral de la ciudadanía y la mejora del capital humano de las empresas.
Si desarrollamos cual es la misión del SEPE, podemos destacar que se encarga de promover y desarrollar medidas y acciones dirigidas al empleo, algunas vinculadas a la formación y otra en forma de ayudas o prestaciones para las personas que no tienen empleo.
CAMBIO DE SERVICIOS PARA EMPRESAS DEL SEPE
Desde el SEPE señalan que este es «un servicio que permite a los empresarios y empresarias que actúen en nombre propio y a las empresas y colegiados profesionales que actúen en representación de terceros, realizar comunicaciones de datos sobre sus personas trabajadoras, sustituyendo la entrega presencial de documentos».
Este servicio recibe el nombre de Certific@2, donde la comunicación de datos utilizando la aplicación Certific@2 tendrá idénticos efectos que la efectuada por los demás medios admitidos en derecho. Además, desde el SEPE recomiendan que para la navegación por la aplicación, es recomendable usar los botones y enlaces proporcionados por la misma, evitando hacer uso de los del navegador.
A la hora de acceder a Certific@2, las personas usuarias deberán de disponer de autorización para la transmisión telemática de datos a los Servicios Públicos de Empleo, obtenida previamente conforme lo definido en la aplicación Contrat@, o de firma electrónica expedida por alguna de las autoridades de certificación.
Puedes consultar toda la normativa aplicable del SEPE para el Servicio para empresas en Certific@2 en su web oficial.
EL SEPE Y LAS PERSONAS EMPLEADAS DEL HOGAR
La normativa para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar tiene como objetivo equiparar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar familiar a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena.
En este sentido, desde el SEPE señala que se tiene en cuenta que la mayoría de las personas trabajadoras domésticas son mujeres, la aprobación de esta norma supone un paso efectivo e imprescindible hacia la realización de la igualdad de género en el mundo del trabajo y en el ejercicio efectivo de la igualdad de derechos y de protección de la mujer ante la ley.
Además, señalan que es «coherente con el principio de igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo».
En este sentido, recuerdan que la cotización por desempleo será obligatoria para las personas trabajadoras empleadas de hogar a partir del 1 de octubre de 2022. De esta manera, las bases de cotización para desempleo serán las correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Si hablamos de la posibilidad de que una persona trabajadora empleada del hogar puede acceder a la situación legal de desempleo, debemos de tener en cuenta que deberá de haber acabado o extinguido el contrato de trabajo mediante comunicación escrita de la persona empleadora. Es decir, si un persona trabajadora empleada del hogar quiere recibir la prestación por desempleo, deberá de tener contrato laboral.