Cuando hablamos de las personas en situación de dependencia en España debemos de acudir a la Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, que recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El BOE recoge que la dependencia es «el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal».
Calculadora de la dependencia de la Junta de Andalucía
La Junta de Andalucía ofrece la oportunidad de tener una calculadora de la dependencia, que es una herramienta que le permite valorar su situación de dependencia con arreglo a su percepción sin olvidar que la valoración de dependencia realizada por la Administración es llevada a cabo por un equipo de profesionales formados específicamente en la norma que regula la valoración y el baremo de valoración de la situación de dependencia, y teniendo en cuenta la información de sus condiciones de salud.
Si responde verazmente, obtendrá una valoración aproximada a su situación de dependencia, aunque de ninguna forma podrá sustituir a la que determine el equipo de profesionales.
Las primeras dos cuestiones que tenemos que responder es el rango de edad en el que se encuentra las personas en situación de dependencia, diferenciando entre personas de 3 a 6 años, de 7 a 10 años, de 11 a 18 años y mayores de 18 años. Además, deberemos de seleccionar si la persona en situación de dependencia tiene afectada su capacidad mental y cognitiva.
Después habrá que responder a diversas actividades que vamos a ofrecer ahora en un listado y sobre los que se realizarán varias preguntas:
- Comer y beber
- Higiene Personal relacionada con la micción y defecación
- Lavarse
- Otros cuidados corporales
- Vestirse
- Mantenimiento de la salud
- Cambiar y mantener la posición del cuerpo
- Desplazarse dentro del hogar
- Desplazarse fuera del hogar
- Tareas domésticas
Para más información puedes consultar la web de la Junta de Andalucía donde se puedes realizar el proceso de la calculadora de la dependencia.
Diferentes grados de dependencia en España
Según el BOE existen diferentes tipos de grado de dependencia, diferenciando entre:
- Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
- Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
- Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
Además, explican que los intervalos para la determinación de los grados se establecerán en un baremo que se recoge en la propia Ley de Dependencia.