Las personas con discapacidad en muchas ocasiones se encuentran con barreras en nuestra sociedad que le impiden estar en igualdad de condiciones con el resto. Por ello, y con el objetivo de facilitar la inclusión de este colectivo en la sociedad, las personas que tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33% pueden acogerse a una serie de beneficios fiscales
Estos beneficios a los que pueden acceder las personas con discapacidad están destinados a ayudarlos económicamente, ya sea en la compra de un coche, una vivienda, complementos médicos como prótesis o para acceder a la educación.
De esta manera queda claro que el objetivo que se busca con estos beneficios fiscales a favor de las personas con discapacidad es eliminar las barreras existentes. Para ello se ofrece una serie de ventajas que están relacionadas con las deducciones, el empleo o las prestaciones económicas.
Para acceder a otro tipo de prestaciones relacionadas con la discapacidad, el grado que se pide para solicitarlas es mayor, como ocurre con:
- Pensión no contributiva de invalidez, para que hace falta tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Jubilación anticipada para personas con discapacidad, para la que como mínimo hace falta tener un grado igual o superior al 45% para acceder a la pensión con 56 años si se cumple los requisitos. Si se tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65% se podrá acceder a la pensión desde los 52 años.
Beneficios fiscales que tienen las personas con una discapacidad
En primer lugar debemos de tener en cuenta de que los beneficios a los que pueden acceder las personas con discapacidad van a depender de lo que recoja la ley de cada Comunidad Autónoma. Aunque todas tienen algo en común, y es que para obtener estos beneficios se debe de tener la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.
A continuación vamos a ofrecer un listado con los beneficios a los que puede acogerse una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%:
- No tributarán en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Reducción de impuestos por aportaciones a patrimonios protegidos.
- Reducción por aportaciones a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad
- Deducción por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad.
- Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
- Aplicación de IVA reducido (al 4%) en las siguientes operaciones:
- Adquisición de vehículos adaptados, sillas de ruedas, autotaxis o autoturismos especiales destinados a ser utilizados para el transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas
- Servicios de reparación de vehículos adaptados
- Servicios de adaptación de vehículos para personas con discapacidad y movilidad reducida
- Adquisiciones de prótesis, ortesis e implantes internos para personas con discapacidad
- Servicios prestados por establecimientos privados a personas en situación de dependencia: teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial
- Aplicación del tipo del IVA del 10%:
- Gafas, lentes de contacto graduadas.
- Dispositivos de lectura automática del nivel de glucosa.
- Dispositivos de administración de insulina y demás aparatos para el autocontrol y tratamiento de la diabetes.
- Bolsas de recogida de orina.
- Sillas terapéuticas y de ruedas.
- Plataformas elevadoras, ascensores para sillas de ruedas.
- Están exentos de IVA:
- Servicios de asistencia prestados por entidades de derecho público o establecimientos privados de carácter social.
- Bienes adquiridos de otro país de la Unión Europea o importados en beneficio de personas con discapacidad.
Así que ya sabe, si tienes un grado de discapacidad igual o superior al 33%, puedes acogerte a estos beneficios fiscales.