El pasado viernes, 12 de marzo, el Ejecutivo Central aprobó un nuevo paquete de ayudas públicas que ascienden a los 11.000 millones de euros en un Consejo de Ministros Extraordinario del Real Decreto-ley 5/2021. Este paquete de ayudas públicas está destinado a los sectores más afectados por la crisis de la COVID-19, es decir, al trabajador autónomo y a las empresas que hayan tenido que cerrar o que ver reducidos sus ingresos, como es el caso de la hostelería o el turismo.
El paquete de ayudas incluye un fondo directo a pequeñas y medianas empresas y a los trabajadores autónomos de 7.000 millones de euros. La gestión de estas ayuda será responsabilidad de las Comunidades Autónomas. Teniendo en cuenta que solo en Canarias y Baleares, las dos más afectadas por la pandemia, tendrán disponible 2.000 millones de euros.
La asignación de dichos fondos se va a realizar teniendo en cuenta los mismos criterios que se usaron para el REACT-EU. Esto quiere decir el impacto de la pandemia en la riqueza de la comunidad autónoma, el impacto de la crisis en el empleo y el impacto en el desempleo juvenil.
¿Qué trabajador autónomo y qué empresas pueden acceder?
El paquete de ayudas aprobado por el Ejecutivo Central está destinado a 95 subsectores. Esto se encuentran dentro de los negocios más afectados por la COVID-19. Esto significa que dejará fuera a otros trabajadores que también necesitan un empujón para aguantar lo que queda de crisis, que no es poco.
Estos son los requisitos que es necesario cumplir para acceder a las ayudas
Además de estar dentro de los sectores recogidos en el Real Decreto, el trabajador autónomo y las pymes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar al corriente de pagos de obligaciones por reintegro de subvenciones o ayudas públicas.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
- No haber dado lugar, por causa de la que habría sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración
- No tener residencia fiscal en un país o territorio declarado como paraíso fiscal.
- No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Aquellos que reciban la ayuda, además, deberán comprometerse a mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022. Igualmente no podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022 ni podrán aumentar las retribuciones de alta dirección durante un periodo mínimo de dos años.
Solo podrán obtener estas ayudas las empresas que hayan sufrido una caída de su facturación de al menos el 30% con respecto a los ingresos que se obtuvieron en el ejercicio anterior. Es decir, durante el año 2019.
¿Cuál será la cuantía de ayudas para el trabajador autónomo y las pymes?
El trabajador autónomo y las pymes que soliciten esta ayuda podrán recibir entre 4.000 y 200.000 euros, dependiendo de la actividad. El trabajador autónomo que tribute en el régimen de estimación objetiva en el IRPF podrá recibir una ayuda de hasta 3.000 euros como máximo.
María Jesús Montero, ministra de Hacienda, ha asegurado que en un mes y diez días se formalizará la orden de reparto a las Comunidades Autónomas. A partir de ahí estás podrán empezar a firmar los convenios correspondientes.