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Ayudas para parados mayores de 45 años: Requisitos

Explicamos todos los detalles a tener en cuenta para solicitar las ayudas para parados mayores de 45 años y sin cargas familiares durante 2021

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RD TODODISCA
29/11/2023 18:54
Prestaciones
Ayudas para parados mayores de 45 años

Ayudas para parados mayores de 45 años

El Ministerio de Trabajo y Economía social contempla ayudas para parados mayores de 45 años que ya han agotado su prestación contributiva por desempleo y no tienen cargas familiares. Se trata de un subsidio especial para personas en paro con características concretas.

Estas ayudas para parados mayores de 45 años y con cargas familiares tiene una duración de seis meses. Si bien, en el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración de este subsidio será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la tramitación de la solicitud.

Por otra parte, la cuantía mensual de este tipo de subsidio es igual al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. En el supuesto de que la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva que ha agotado hubiera sido a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje.

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Requisitos ayudas para parados mayores de 45 años

Las personas en situación de desempleo, con 45 años o más y sin cargas familiares tendrán derecho a acceder a este tipo de ayudas para parados habilitadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración. No obstante, la persona solicitante deberá cumplir una serie de requisitos previos exigidos. Entre ellos destacan:

1. Cómo es lógico, el primer requisito es que la persona demandante se encuentre en situación de desempleo en el momento de realizar la pertinente solicitud.

2. También debe estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva. Además, no habría rechazado ninguna oferta de colocación adecuada o haberse negado a participar en acciones de promoción o prestación desde el momento de finalización de la prestación contributiva; salvo excepciones.

3. El solicitante debe suscribir el compromiso de actividad.

4. Haber extinguido la prestación por desempleo de nivel contributivo para poder acceder a este tipo de ayudas para parados.

5. Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Las rentas de computarán por su rendimiento íntegro o bruto.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social o Migración deja claro que estos requisitos deben cumplirse de forma adecuado en el momento del hecho causante. Es decir, en la fecha que se cumpla el plazo de espera de un mes o finalización de la finalización de la prestación contributiva.

Documentos a presentar

A la hora de llevar a cabo la solicitud del subsidio para persona mayor de 45 años sin cargas familiares será necesario presentar una serie de documentos concretos ante el organismo competente, más allá de reunir los requisitos anteriormente mencionados:

  • Modelo de solicitud oficial.
  • Exhibir el documento de identificación oficial de la persona beneficiaria.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o en su ausencia, pasaporte
  • Extranjeros residentes en España deben presentar el certificado de registro ciudadano de la Unión Europea, donde viene recogido el NIE. Si no pertenece a la Unión Europea deberá acreditar el TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) y el pasaporte)
  • Documento bancario de la persona beneficiaria titular de la prestación.

¿Dónde solicitar ayudas para parados mayores de 45 años?

El plazo para realizar la solicitud de este tipo de ayudas para parados mayores de 45 años es de 15 días hábiles desde el cumplimiento del mes de espera; el cual se inicia a partir del día siguiente de la extinción de la prestación de carácter contributivo.

Así, la solicitud podrá presentarte a través de los siguientes canales habilitados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración:

  • Sede Electrónica del SEPE
  • Oficina de prestaciones. En este caso es necesario obtener cita previa mediante la sede electrónica del SEPE o por teléfono.
  • Cualquier oficina de registro público.
  • Correo Administrativo.
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