Solo quedan unos meses para dar la bienvenida al año 2022 en España y con él llegará la entrada en vigor de las primeras medidas aprobadas en la primera pata de la reforma de pensiones encabezada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.
Así, una de las medidas provocará cambios sustanciales en la modalidad de jubilación anticipada voluntaria. Del mismo modo, la ley también recogerá una serie de medidas encaminadas a incentivar el retraso en la jubilación.
En este sentido, el objetivo de las modificaciones integradas en la jubilación anticipada voluntaria e involuntaria es acercar la edad real media de jubilación en España (64 años y 6 meses), a la edad ordinaria de jubilación por ley, que en 2021 se encuentra en 66 años para aquellos que hayan cotizado menos de 37 años y tres meses.
Como hemos adelantado anteriormente, el primer paquete de medidas de la nueva reforma de pensiones ya ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y firmado tanto por el Gobierno como por los correspondientes agentes sociales. Así, debería obtener la aprobación parlamentaria a final de 2021 y entrar en vigor en los primeros compases del año 2022.
La ‘nueva’ jubilación anticipada voluntaria
Uno de los aspectos claves a tener en cuenta respecto a la jubilación anticipada voluntaria es que los nuevos coeficientes reductores se aplicarán sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora, que es el procedimiento que se seguía hasta ahora.
En este sentido, cuando la pensión teórica se calcule y supere el límite de pensión máxima, los coeficientes reductores se aplicará de forma gradual en un plazo de diez años, a contar desde el 1 de enero de 2024.
Sin embargo, se seguirán rigiendo por las reglas actuales de acceso a la jubilación anticipada para aquellas personas con base reguladora superior a la pensión máximo. Eso sí, cuando su relación laboral se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
- Se haya extinguido antes del 1 de enero de 2022.
- Se extinga con posterioridad al 1 de enero de 2022 como consecuencia de un expediente de regulación de empleo, o en virtud de convenios colectivos, acuerdos de empresa o procedimiento concursales que se hayan aprobado con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva normativa.
Coeficientes reductores
Otro asunto de relevancia respecto a la jubilación anticipada voluntaria son los nuevos coeficientes reductores, que pasarán a ser mensuales en lugar de trimestrales.
Esta medida tiene como objetivo ofrecer más flexibilidad e incentivar el retraso voluntario en la edad de acceso a la jubilación. Así, según los expertos, este hecho supone una mejoría para el sistema de pensiones. Es decir, los coeficientes reductores trimestrales penalizaban aún más a aquellas personas que se jubilan anticipadamente antes del salto a un nuevo trimestre.
Por tanto, se establecerá por ley nuevos coeficientes reductores en función de los meses de anticipación en la jubilación y los años cotizados a la Seguridad Social durante la etapa laboral.
Respecto a este tema, es necesario matizar que en aquellos casos en los que una persona se jubile anticipadamente de forma voluntaria y esté recibiendo el subsidio por desempleo desde hace al menos tres meses se le aplicarán los coeficientes de la jubilación anticipada involuntaria y no los de la jubilación voluntaria.