Por norma general, el reconocimiento de una incapacidad permanente total implica la percepción de una pensión con una cuantía del 55% de la base reguladora del trabajador. Sin embargo, también existe la posibilidad de cobrar un importe superior.
La incapacidad permanente total es uno de los grados de invalidez más comunes que reconoce el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Entre otras cosas, se caracteriza por un amplio grado de compatibilidad con otras actividades laborales.
En concreto, la incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para el desarrollo de su profesión habitual o similares. Sin embargo, la pensión a percibir puede ser compatible con otras actividades laborales.
AUMENTO DE LA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL
Puede que algunas personas desconozcan que se puede cobrar más del 55% de la base reguladora en la pensión de incapacidad permanente total. Así, la Seguridad Social contempla una posibilidad en la que es posible aumentar un 20% la base reguladora.
Hablamos de la denominada incapacidad permanente total cualificada, por la que las personas beneficiarias perciben un 75% de la base reguladora. En este caso, la Seguridad Social exige el cumplimiento de ciertos requisitos adicionales.
Así, estos son los requisitos necesarios para cobrar la incapacidad permanente total cualificada en España:
- Tener 55 años o más, sin haber alcanzado la edad de jubilación.
- Estar en situación de desempleo.
Estos son los dos requisitos básicos para ser perceptor de la pensión de incapacidad permanente total cualificada y cobrar un 75% de la base reguladora en la pensión. Desde ‘CampmanyAbogados’ aclaran que la incapacidad total cualificada «se puede pedir tanto si ya se estaba cobrando por invalidez total como si es la primera vez que se solicita la incapacidad permanente total, a los 55 años o más».
SOLICITUD DE AUMENTO DEL 20%
Al cumplir los requisitos descritos anteriormente, el usuario debe solicitar la percepción de la incapacidad permanente total cualificada para cobrar un 75% de la base reguladora en la pensión. Esta solicitud debe realizarse por los procedimientos legales al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Ante cualquier duda sobre la solicitud de la pensión de incapacidad permanente total cualificada, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de abogados especialistas en incapacidad laboral.
Hay que tener en cuenta que la incapacidad permanente total cualificada no es compatible con la actividad laboral. En caso de iniciar una actividad laboral, no se perderá el derecho a la pensión, pero se volverá a una cuantía del 55% de la base reguladora del trabajador. Se trata de una normativa importante que deben tener en cuenta los pensionistas beneficiarios de este tipo de invalidez.
Por otra parte, también puede ocurrir que los beneficiarios de una incapacidad permanente total consideren que ha empeorado su estado de salud. Ante esta situación, pueden solicitar al INSS una revisión por empeoramiento.
De esta forma, se puede pasar de una incapacidad permanente total a una incapacidad permanente absoluta. Es decir, se pasaría de percibir una pensión del 55% o 75% de la base reguladora, a una pensión equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador.