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Cómo solicitar la prestación por nacimiento de la Seguridad Social desde casa

La Seguridad Social permite a los ciudadanos solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor a través de vía telemática

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Alejandro Perdigones
22/03/2024 08:00
Prestaciones
Prestación por nacimiento de la Seguridad Social

Prestación por nacimiento de la Seguridad Social./ Licencia Adobe Stock

Los ciudadanos en España pueden solicitar desde casa la prestación por nacimiento y cuidado del menor. Así, la Seguridad Social habilita un espacio en su Sede Electrónica para que madres y padres puedan completar dicho trámite.

La prestación por nacimiento y cuidado del menor, sustituye y unifica a las prestaciones de maternidad y paternidad desde el mes de abril de 2019. Por tanto, se trata de una prestación dirigida tanto a padres como a madres en España.

Es una prestación económica que protege económicamente los periodos de descanso de padres y madres, derivados por el nacimiento de un hijo; así como por adopción o guarda con fines de adopción y acogimiento familiar.

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Solicitud de la prestación por nacimiento

Una de las ventajas que ofrece la Seguridad Social a los ciudadanos es la posibilidad de solicitar esta prestación por vía telemática. Es decir, sin necesidad de salir de casa y acudir de manera presencial a una oficina de la Seguridad Social.

Prestación por nacimiento de la Seguridad Social
Prestación por nacimiento de la Seguridad Social./ Licencia Adobe Stock

En cualquier caso, la prestación por nacimiento y cuidado del menor se puede solicitar por vía telemática, por correo ordinario y de manera presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

La solicitud online se puede completar con o sin certificado digital. En caso de contar con certificado digital o usuario y contraseña Cl@ve, el usuario puede realizar la correspondiente solicitud a través del portal ‘Tu Seguridad Social’.

Desde la Seguridad Social aclaran que «tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente. Este portal le permite también realizar una simulación de esta prestación que le anticipa el importe aproximado a percibir y la duración del permiso en función de la fecha estimada del nacimiento».

En caso de no contar con estos métodos de identificación, el usuario también puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Documentación exigida por la Seguridad Social

Independientemente del método de solicitud elegido por parte del ciudadano, la Seguridad Social exige la presentación de una serie de documentos claves en relación a la prestación por nacimiento y cuidado del menor.

Así, en todos los casos se tendrá que presentar estos documentos establecidos por la normativa actual de la Seguridad Social:

  • La solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor.
  • Acreditación de la identidad de los progenitores. Es válido el DNI, pasaporte o NIE.
  • Los trabajadores por cuenta ajena tendrán que presentar un certificado de la empresa en el que se recoja la fecha del inicio del descanso laboral.

Además, la Seguridad Social también requiere de otros documentos específicos según el origen de la prestación. Por ejemplo, en caso del nacimiento de un hijo, es preciso presentar el informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud y el Libro de Familia.

Si se trata de una adopción o acogimiento, es necesario presentar el Libro de Familia o certificado de inscripción en el Registro Civil del hijo. También es obligatorio entregar la resolución en la que se determina la adopción o acogimiento.

Finalmente, la prestación también puede derivar de una gestación por sustitución. En este tipo de casos, la Seguridad Social indica que la persona solicitante debe presentar «la inscripción de la filiación del nacido en el Registro Civil a favor del progenitor comitente (persona que confía la gestación de su hijo a otra persona) o la inscripción de la filiación del hijo en el Registro Civil español a favor del comitente y de la madre biológica».

Temas: Seguridad Social
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