Hace unos años, la justicia determinó que fueron abusivos los gastos de constitución, registro, notario o tasación, que cobraron a las personas que firmaron una hipoteca antes de 2019. Tanto es así, que se estableció un periodo para que los afectados pudiesen reclamar. Un plazo cuyo final se fijó el 23 de enero de este 2024. Sin embargo, tranquilos. Aún hay tiempo. Pues debido al parón de la pandemia, este plazo se amplía 82 días más, por tanto, estará abierto aún hasta el próximo 14 de abril.
Los gastos que genera un contrato de este tipo, depende del valor de la hipoteca. Por tanto, tal y como señalan desde laAsociación de Usuarios Financieros (Asufin), la cifra media que puede recuperar un hipotecado es de alrededor de 1.500 euros, es decir, los gastos generados de una hipoteca de 150.000 euros. No obstante, estos gastos aumentan o disminuyen en función de la cuantía prestada. Además, desde la misma asociación recuerdan que los gastos se pueden reclamar aunque se haya terminado de pagar el préstamo.
Y es que, gracias a la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario (LCCI) que entró en vigor en marzo de 2019, quedo claro que ninguna entidad financiera podía cobrar a sus clientes los gastos derivados de la firma de una hipoteca, por considerarse estas clausulas abusivas. Pero debido a los abusos que se habían cometido, la justicia decidió también que las personas que habían sufrido estos gasto, aun habiendo firmado antes de 2019, pudiesen reclamar.
Desde Arriaga Asociados, uno de los despachos que ha defendido esta causa, indican que «Era por todos conocido que, cuando un consumidor solicitaba un préstamo hipotecario, el banco le cargaba el pago de cantidades que, como ahora sabemos, no tenía que soportar. Y, sin embargo, por una actuación engañosa y claramente abusiva de las entidades financieras, terminaban soportando todos estos gastos. De ahí que puedan ahora reclamarse y recuperarse cantidades».
Los bancos se resisten
Aunque la resolución es clara y las personas que firmaron una hipoteca antes de 2019 tienen derecho a reclamar los gastos de notaría, registro, gestoría e incluso el IAJD, algunos bancos no lo ponen fácil. Así lo afirman desde Asufín que aseguran que aun con la justicia a favor, siguen dificultando este trámite.
Y es que el proceso debería ser mucho más sencillo. Es decir, debería bastar con que los clientes reclamaran en el Servicio de Atención al Cliente (SAC) de la entidad y que el banco a su vez y de manera automática, le devolviera los gasto. Sin embargo, desde la asociación denuncian que lamentablemente no es así, la mayoría de entidades nos hacen ir a los tribunales, con lo cual el proceso se alarga a veces 2 y 3 años porque el cliente tiene que esperar sentencia».
A este problema establecido por parte de los bancos que prefieren ir a los tribunales que pagar, se suma la saturación que sufren algunos juzgados especializados en cláusulas abusivas como los de Madrid o Barcelona. Y es que la gran avalancha de casos, hace imposible una continuidad con más celeridad. Por otra parte, que existan tantas reclamaciones, no hace más que demostrar que esta clausula abusiva estuvo muy presente en las hipotecas.
Reclama los gastos de tu hipoteca
Que se declare la nulidad de la cláusula es lo primero que debe darse para poder recuperar los gastos de constitución de la hipoteca. Pero, ¿En qué consiste este proceso? Se trata de un trámite donde la justicia reconoce que el banco actuó de forma abusiva y concede al hipotecado la potestad de recuperar lo que pagó de forma indebida.
En el momento en el que esta cláusula se declara como nula, el afectado tiene dos opciones para reclamar los gastos. Por una parte, que el día inicial del plazo de prescripción sea el de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula. De otro lado, que el día inicial sea la fecha de las sentencias del Tribunal Supremo (TS) sobre este asunto, es decir, el 23 de enero de 2019.