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Mitos sobre la pensión de incapacidad permanente en España

Muchas personas suelen tener una idea equivocada sobre diferentes aspectos relacionados con la incapacidad permanente

RD Tododisca RD Tododisca
26/01/2023 05:15 - Actualizado 05/06/2025 19:43
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Incapacidad permanente

Incapacidad permanente

La incapacidad permanente es una pensión de carácter contributiva. Así, este año 2023 las cuantías de este tipo de pensiones se han revalorizado un 8,5% con respecto al año anterior, al igual que el resto de pensiones contributivas del sistema español. En España existen cuatro tipos de incapacidad permanente: Parcial, Total, Absoluta y Gran Invalidez.

Hay diferentes aspectos claves a tener en cuenta respecto a las pensiones de incapacidad permanente. Sin embargo, también existen algunos mitos alrededor de las pensiones de incapacidad que se han podido convertir en creencias equivocadas para muchos ciudadanos. A continuación, trataremos de analizarlos.

Con todo ello, una de las características más significativas de las pensiones de incapacidad permanente es que pueden derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional.

Características de la pensión de incapacidad

Cuando las pensiones de incapacidad permanente derivan de accidente de trabajo, accidente no laboral o enfermedad profesional, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no exige ningún tipo de requisito de cotización. Sin embargo, cuando deriva de enfermedad común si es necesario el cumplimiento de ciertos requisitos de cotización, que varían en función del grado de invalidez.

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Incapacidad permanente./ Foto de Canva
Incapacidad permanente./ Foto de Canva

Otro de los elementos claves es el devengo de la pensión. Cuando proceden de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la pensión de incapacidad permanente se devenga en 12 pagos durante el año. Sin embargo, en caso de accidente no laboral o enfermedad común, la pensión se devenga en 14 pagas durante el año, con dos pagas extraordinarias.

Desde ‘CampmanyAbogados‘ explican que «esa cotización también es clave a la hora de que dará lugar a la pensión; cuanto más altas sean las bases de cotización, más elevada puede ser la pensión. La fecha del hecho causante también es esencial en el cálculo de la base reguladora, porque se tienen en cuenta las bases de cotización de determinados meses anteriores a ella. Recordemos que la fecha del hecho causante es cuando la incapacidad comienza a tener efectos, cuando nace el derecho a ella».

Mitos sobre la incapacidad permanente

A continuación vamos a tratar algunos de los mitos más habituales que rodean a la incapacidad permanente. Aunque mucha gente piensa lo contrario, la pensión de incapacidad permanente no prohíbe trabajar. Cada grado de invalidez permite la compatibilidad laboral, aunque en función del grado habrá más o menos límites a dicha compatibilidad.

Por otro lado, es necesario aclarar que actualmente no se obtiene un certificado de discapacidad del 33% de forma automática al conseguir una pensión de incapacidad permanente. Si bien, esta situación podría cambiar pronto, tal y como está analizando el Gobierno de España.

Para pasar a una incapacidad permanente total cualificada, es decir, a cobrar un 75% en la base reguladora, es necesario que el ciudadano realice la correspondiente solicitud al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Es decir, el INSS no concede la incapacidad total cualificada de oficio al alcanzar los 55 años de edad.

Finalmente, los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ aclaran que no es posible percibir una pensión contributiva de incapacidad permanente y una pensión no contributiva al mismo tiempo. Dicha incompatibilidad se sustenta en motivos económicos.

Mitos sobre la pensión de incapacidad permanente en España
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Temas: Incapacidad PermanentePensión
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