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¿Puedo viajar si tengo una baja laboral? La Seguridad Social lo aclara

Realizar un viaje estando de baja laboral podría causar una acción fraudulenta, aunque existen excepciones al respecto

RD Tododisca RD Tododisca
19/05/2022 06:55 - Actualizado 26/11/2023 06:29
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Viajar estando de baja laboral por incapacidad temporal

Viajar estando de baja laboral por incapacidad temporal

Cuando una persona se encuentra de baja laboral por incapacidad temporal, se encuentra inhabilitada temporalmente para desarrollar su profesión habitual debido a una serie de lesiones o enfermedad. Esta situación implica una serie de derechos y obligaciones para el trabajador.

Muchas veces, cuando un trabajador se encuentra de baja médica por incapacidad temporal le surgen muchas dudas al respecto. Una de las más habituales es si es posible viajar en este estado. Lo cierto es que el ordenamiento jurídico español no establece ninguna norma que prohíba desplazarse de un lugar a otro estando de baja laboral.

No obstante, la Ley General de la Seguridad Social es clara al respecto. En este sentido, señala que cualquier trabajador que actúe de forma fraudulenta puede perder el subsidio, así como el hecho de abandonar el tratamiento médico sin motivo aparente.

¿Es posible viajar estando de baja laboral?

La realidad es que sí es posible viajar estando de baja laboral. Sin embargo, la decisión de desplazarse de un lugar a otro depende realmente de la gravedad de la situación del trabajador y de sus dolencias.

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Viajar estando de baja laboral por incapacidad temporal
Viajar estando de baja laboral por incapacidad temporal

Por ejemplo, para una persona que se encuentra de baja por ansiedad o depresión, realizar una escapada o un determinado viaje puede ser beneficioso para su estado. Pero en casos donde exista reducción de la movilidad física, no es conveniente hace este tipo de actividades.

Hay que tener en cuenta que la situación de baja médica por incapacidad temporal tiene como objetivo que el trabajador se recupere de sus dolencias lo más rápido posible y utilizando todos los medios a su alcance.

Por lo tanto, por norma general, no es recomendable viajar en situación de baja laboral, ya que además la Ley de la Seguridad Social podría considerarlo una situación fraudulenta. No obstante, existen excepciones, como hemos podido comprobar.

En este sentido, los profesionales de ‘Mapfre‘ indican que «el paciente puede viajar estando de baja siempre bajo su propia responsabilidad y en el supuesto de que no esté contraindicado por un profesional médico. A pesar de ello, también es recomendable solicitar una autorización por parte del médico que esté realizando el seguimiento de la dolencia».

Otro aspecto importante a tener en cuenta a la hora de realizar cualquier desplazamiento o viaje estando de baja laboral, es que el Instituto Nacional de la Seguridad Social no está obligado a omitir las citas durante los días en los que el trabajador se encuentre ausente.

«De esta forma, es posible realizar una escapada a un lugar que no esté excesivamente lejos del domicilio para acudir rápidamente en caso de producirse una notificación de revisión», indican desde ‘Mapfre‘.

¿Quién paga el salario de un trabajador de baja laboral?

En el momento en el que un trabajador se encuentra de baja laboral, ya sea por una enfermedad o por un accidente, tendrá derecho a recibir una prestación durante los días que no pueda acudir a su puesto de trabajo. Ahora bien, ¿Quién paga el salario de un trabajador que está de baja laboral? ¿La empresa o la Seguridad Social?

Es importante aclarar que no todos los días de baja se cobra lo mismo ni se hace cargo el mismo pagador. En el caso de una baja por contingencias comunes, así se realiza el cálculo del salario:

  • Del día 1 al día 3: no se percibe nada.
  • Del día 4 al día 15: se cobra el 60% de la base reguladora (lo paga la empresa).
  • Del día 16 al día 20: se cobra el 60% de la base reguladora (lo paga la Seguridad Social).
  • Del día 21 hasta 1 año: se cobra el 75% de la base reguladora (lo paga la Seguridad Social).

En el caso de que se trate de una baja por contingencias profesionales, el salario queda de la siguiente forma:

  • Día 1: salario habitual (por parte de la empresa).
  • Día 2 en adelante: 75% de la base reguladora (por parte de la Seguridad Social).
¿Puedo viajar si tengo una baja laboral? La Seguridad Social lo aclara
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