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¿Es necesario solicitar a la Seguridad Social el complemento por hijo del IMV?

La Seguridad Social informa de la entrada en vigor del complemento por hijo en la cuantía del Ingreso Mínimo Vital

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RD TODODISCA
26/11/2023 02:57
Prestaciones
Complemento por hijo en el IMV de la Seguridad Social

Complemento por hijo en el IMV de la Seguridad Social

En este inicio de 2022 ha entrado en vigor la nueva Ley sobre el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que busca perfeccionar el acceso y las condiciones de esta prestación. Así, la Seguridad Social informa que entre las diferentes medidas también se ha aprobado el conocido como complemento por hijo.

Además, en este 2022 también ha aumentado la cuantía del Ingreso Mínimo Vital. En concreto, el importe ha subido en un 3%, tal y como se recoge en los Presupuestos Generales del Estado (PGE).

Si bien, las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con hijos a cargo podrían aumentar la cuantía económica a percibir cada mes, debido al nuevo complemento por hijo.

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Complemento por hijo del IMV

La Seguridad Social ha informado recientemente sobre todas las claves con respecto al complemento por hijo habilitado para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Si bien, este complemento también está dirigido a personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica, aunque no sean beneficiarias del IMV.

Complemento por hijo en el IMV de la Seguridad Social
Complemento por hijo en el IMV de la Seguridad Social

En concreto, este complemento por hijo habilitado por la Seguridad Social contempla una cuantía de 100 euros mensuales por cada hijo menor de 3 años; de 70 euros por hijos entre 3 y 6 años de edad; y de 50 euros mensuales por cada hijo menor entre 6 y 18 años.

Así, el denominado como complemento mensual a la infancia es una ayuda económica introducida por la Seguridad Social entre las mejores de trámite parlamentario de la Ley del Ingreso Mínimo Vital; con el objetivo de luchar contra la pobreza infantil.

¿Es necesario solicitar el complemento a la Seguridad Social?

Una vez que ha entrado en vigor este complemento por hijo para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y personas en situación de vulnerabilidad económica, surge una duda común entre la sociedad.

Así, recientemente, un usuario a preguntado mediante canales oficiales si debe pedir el complemento por hijo en caso de recibir el Ingreso Mínimo Vital. Al respecto, desde la Seguridad Social contestan que «no hace falta. Se va a reconocer de oficio a los perceptores de IMV, aquellos que lo tengan en trámite, y a los beneficiarios de Protección Familiar que cumplan los requisitos».

En este sentido, desde la Seguridad Social aclaran los grupos de personas que recibirán el complemento por hijo sin la necesidad de presentar ningún tipo de solicitud:

  1. Actuales beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
  2. Solicitantes del Ingreso Mínimo Vital, cuya solicitud se encuentre en trámite.
  3. Beneficiarios de la protección familiar que cumplan los requisitos específicos para ello. Especialmente los requisitos de carencias de renta.

En todos los casos mencionados anteriormente, el complemento a la infancia de hasta 100 euros de edad se reconocerá de oficio por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS); siempre que se cumplan los requisitos concretos para ello, y con efectos económicos desde el 1 de febrero de 2022.

También es posible comprobar si se tiene derecho a percibir este complemento mediante la utilización del mismo simulador habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social para saber si tienes derecho a recibir el Ingreso Mínimo Vital.

Temas: Ingreso Mínimo VitalSeguridad Social
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