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Desde hoy ya no podrán despedirte por tener una incapacidad permanente: así funciona la nueva ley

El 1 de mayo de 2025 entra en vigor la norma que impide extinguir automáticamente el contrato tras una incapacidad reconocida

RD Tododisca RD Tododisca
01/05/2025 14:04 - Actualizado 31/08/2025 00:56
Prestaciones
Desde hoy ya no podrán despedirte por tener una incapacidad permanente

Desde hoy ya no podrán despedirte por tener una incapacidad permanente

Este jueves 1 de mayo entra en vigor una de las reformas laborales más relevantes para las personas con discapacidad sobrevenida. Desde hoy, el reconocimiento de una incapacidad permanente ya no será causa automática de despido. La medida ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y modifica el Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social.

Hasta ahora, cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconocía una incapacidad permanente —en sus grados total, absoluta o gran invalidez—, el contrato podía extinguirse de manera inmediata, sin ofrecer alternativas. A partir de hoy, ese automatismo desaparece: el trabajador podrá decidir si desea continuar en su puesto de trabajo o solicitar su adaptación, y la empresa estará obligada a estudiar esa posibilidad.

Esta modificación responde a un compromiso adquirido por el Ministerio de Trabajo con el CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad), y se basa en el refuerzo constitucional del derecho a la no discriminación, tras la reforma del artículo 49 de la Constitución Española en febrero de 2024.

¿Cómo funciona esta nueva protección para los trabajadores?

Con la nueva normativa en vigor, el proceso será el siguiente:

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  • El trabajador dispone de un mes desde que recibe la notificación del INSS para comunicar su voluntad de continuar en la empresa.
  • A partir de ahí, la empresa tendrá tres meses para:
    • Adaptar el puesto de trabajo a las nuevas condiciones funcionales de la persona,
    • Ofrecer otro puesto compatible dentro de la organización,
    • O bien, si no existe ninguna posibilidad de adaptación razonable sin un coste desproporcionado, proceder a la extinción del contrato, justificándolo adecuadamente.

Con esta medida, se garantiza un enfoque más individualizado y justo, donde se valoran las capacidades reales de la persona trabajadora en lugar de aplicar un criterio automático de exclusión.

Un paso decisivo hacia la igualdad en el empleo

El objetivo principal de esta reforma es promover la igualdad de oportunidades y evitar la discriminación laboral por motivo de discapacidad. Organizaciones como el CERMI han celebrado esta ley como una victoria histórica, que elimina una barrera legal que impedía a miles de personas seguir desarrollándose profesionalmente tras una enfermedad o accidente.

Desde el Ministerio de Trabajo, se ha subrayado que esta reforma busca «salvar a las personas trabajadoras del limbo legal» al que eran empujadas tras un reconocimiento de incapacidad. Como han señalado desde el propio gabinete de Yolanda Díaz, “el reconocimiento de una incapacidad no ha de suponer la muerte laboral de la persona trabajadora”.

A partir de hoy, se abre una nueva etapa donde la permanencia en el empleo no dependerá únicamente de una resolución médica, sino también de la voluntad del trabajador y la responsabilidad de la empresa.

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Temas: Incapacidad Permanente
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