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Ese testamento no es válido – Causas por las que se puede impugnar este documento

El testamento es un acto de tal importancia que está perfectamente protegido por la ley y deja opciones muy reducidas para impugnarlo

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Lidia Orellana Mayor
10/11/2024 18:45
Sociedad
Causas por las que se puede impugnar un testamento

Causas por las que se puede impugnar un testamento

El testamento es un documento mediante el cual, una persona deja reflejada su voluntad sobre el futuro que quiere para su herencia. El Código Civil indica que se trata de un acto personalísimo, por lo que el testador es el único que puede decidir qué poner en él, siempre y cuando, respete las limitaciones establecidas por la ley. Del mismo modo, es un acto voluntario que por lo general, quien decide hacerlo es porque tiene un objetivo claro. Entre los más comunes están el de evitar conflictos familiares, proteger al cónyuge o beneficiar especialmente a algún heredero.

Sin embargo, eso no significa que siempre cumpla su función. No obstante, lo principal es no cometer errores por los que se pueda llegar a poner problemas a este documento. Porque sí, existe la opción de impugnar un testamento. Pero la legislación protege mucho este acto y este suceso no es tan fácil de conseguir. De hecho, para impugnar un testamento deben darse unas causas concretas recogidas que además, deben estar recogidas por la ley.

Causas por las que se puede impugnar un testamento

El testamento es casi intocable. El testador es el único que tiene potestad para cambiarlo todas las veces que estime oportuno. Es por ello, que la ley protege este acto de tal modo, hasta casi brindarlo. Parece lógica esta normativa tan estricta, si tenemos en cuenta que cuando debe utilizarse este documento, el protagonista del mismo ya no tiene opción a réplica.

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Sin embargo, la ley establece causas muy específicas por las cuales, es posible impugnar un testamento. Aun así, toda justificación a la que una persona que quiera impugnar un testamento se acoja, debe estar debidamente argumentada. En este sentido, algunas de las causas recogidas por la ley que permiten esta impugnación, son:

  • El testador no incluye en el testamento a un legitimario o heredero forzoso.
  • El testador no respeta las cuotas de legítima.
  • El testador no tiene capacidad legal para testar.
  • Realización del testamento bajo amenaza, intimidación o engaño.
  • Desheredación a una persona sin causa justificada.
  • Defectos de forma en la redacción del testamento.

Cabe señalar, que solo puede intentar impugnar un testamento la persona que tenga la condición legal de heredero y considere que este documento le perjudica y vulnera sus derechos sucesorios. Todo ello, como ya hemos adelantado, presentando y argumentando los errores que cree que tiene el documento. Es decir, tiene la legitimidad para acometer las acciones legales que correspondan para corregir la situación, tras esto, será la justicia quien determine si realmente tiene razones para que este documento sea impugnado.

Otro motivo por el que se puede impugnar este documento

Existe un motivo por el que muchas personas deciden denunciar para impugnar un testamento. Se trata de la falta de capacidad del testador cuando llevó a cabo este acto. Dicha posibilidad, tanto de la falta de capacidad como de situaciones en las que sí se acepta un testamento, están reguladas entre los artículos 662 a 666 del Código Civil, y dicen así:

  • Artículo 662. Pueden testar todos aquellos a quienes la ley no lo prohíbe expresamente.
  • Artículo 663. No pueden testar: La persona menor de catorce años y la persona que en el momento de testar no pueda conformar o expresar su voluntad ni aun con ayuda de medios o apoyos para ello.
  • Artículo 664. El testamento hecho antes de la enajenación mental es válido.
  • Artículo 665.  La persona con discapacidad podrá otorgar este documento cuando, a juicio del Notario, pueda comprender y manifestar el alcance de sus disposiciones. El Notario procurará que la persona otorgante desarrolle su propio proceso de toma de decisiones apoyándole en su comprensión y razonamiento y facilitando, con los ajustes que resulten necesarios, que pueda expresar su voluntad, deseos y preferencias.
  • Artículo 666.  Para apreciar la capacidad del testador se atenderá únicamente al estado en que se halle al tiempo de otorgar este documento.
Temas: Testamento
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