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Ya es posible cobrar una incapacidad permanente por falta de sueño

La Justicia está empezando a reconocer pensiones de incapacidad permanente por determinadas 'enfermedades raras'

RD Tododisca RD Tododisca
15/06/2023 05:00 - Actualizado 01/07/2025 13:51
Prestaciones
Incapacidad permanente por hipersomnio./ Licencia Adobe Stock

Incapacidad permanente por hipersomnio./ Licencia Adobe Stock

La hipersomnia o falta de sueño ya es una causa que puede dar lugar a la percepción de una pensión de incapacidad permanente. Así lo ha confirmado la Justicia con una nueva sentencia que contradice la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha concedido una pensión de incapacidad permanente absoluta a un trabajador diagnosticado con hipersomnia, un trastorno del sueño.

Los expertos de la Clínica Universidad de Navarra explican que «la hipersomnia es el síntoma (queja subjetiva del paciente) consistente en tendencia al sueño en situaciones anormales. Es decir, es una facilidad excesiva para conciliar el sueño durante el día, en situaciones que a la mayoría de las personas no le sucede».

Incapacidad permanente por hipersomnia

El caso que nos atañe trata de un trabajador de 49 años y cristalero de profesión. Esta persona presentaba un cuadro clínico de hipersomnia y otras patologías vinculadas, como trastorno depresivo y trastorno obsesivo compulsivo.

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Incapacidad permanente por hipersomnio./ Licencia Adobe Stock
Incapacidad permanente por hipersomnio./ Licencia Adobe Stock

Debido al tratamiento médico al que se encontraba sometido, encontraba importantes dificultades a la hora de realizar de manera correcta su actividad laboral. Inicialmente, la Seguridad Social le concedió una incapacidad permanente total asociada a su situación.

Sin embargo, el trabajador consideraba que la resolución del INSS no se ajustaba a lo que de verdad le correspondía. Finalmente, consiguió una pensión de incapacidad permanente absoluta bajo la vía judicial y con condena para la Seguridad Social.

Hay que tener en cuenta que una incapacidad permanente total conlleva la percepción de una pensión del 55% de la base reguladora, mientras que con una incapacidad absoluta corresponde un 100% de la base reguladora.

Incapacidad permanente por estenosis subglótica

En otro orden de cosas, los profesionales de ‘Fidelitis’ también informan de un caso característico. Hablamos de una mujer de 54 años que trabajaba como administrativa y padecía estenosis subglótica. Se trata de una normalidad de la laringe que genera dificultades para respirar.

Esta mujer también ha logrado el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente debido a esta patología. La Justicia también ha considerado que la mujer cumplía con las condiciones adecuadas para cobrar una pensión de incapacidad permanente.

Tanto la hipersomnia como la estenosis subglótica son ejemplos de enfermedades raras por las que hasta el momento no se reconocía una pensión de incapacidad permanente. Sin embargo, la Justicia está empezando a conceder pensiones de incapacidad por estas consideradas ‘enfermedades raras’.

Nuevas enfermedades que dan acceso a la incapacidad

Los expertos de ‘Fidelitis‘ aclaran que «la Unión Europea considera una enfermedad rara cuando tiene una prevalencia de menos de 1 de cada 2.000 ciudadanos. Hasta la fecha se han identificado más de 6.000 enfermedades raras diferentes que afectan a unos 30 millones de personas en toda Europa».

Con todo ello, por desgracia, para el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por enfermedad rara, casi siempre es necesario recurrir a la justicia. Es decir, es complicado su obtención directa por la vía administrativa.

Desde ‘Fidelitis‘ destacan algunas enfermedades raras por las que se están empezando a conceder pensiones de incapacidad permanente en España, como la hipersomnia, estenosis subglótica, mastocitosis, fibromialgia, síndrome de fatiga crónica o Covid.

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Temas: Incapacidad PermanentePensión
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