Si hablamos de los viajes del Programa de Turismo del IMSERSO, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, automáticamente pensamos en personas mayores, que son el principal público objetivo, ya que busca ofrecer un envejecimiento activo con viajes a precio reducido, pero debemos de tener en cuenta que no hace falta ser pensionista o persona mayor para disfrutar de estos viajes, como vamos a explicar en este artículo.
En primer lugar, el IMSERSO informa que su Programa de Turismo tiene como objetivo fomentar la autonomía de las personas mayores facilitando la posibilidad de desarrollar actividades culturales y recreativas, contribuyendo con ello a mejorar su salud y calidad de vida, actuando con ello en la prevención de la dependencia. Además de lo citado, este programa contribuye a potenciar el desarrollo económico del sector turístico, reduciendo la estacionalidad y, con ello, manteniendo el empleo y la actividad económica durante la temporada baja de este sector.
Requisitos para viajar con el IMSERSO en 2025
El IMSERSO recoge en su web una serie de requisitos que son necesarios para poder viajar dentro de su Programa de Turismo Social. En primer lugar, debemos de tener en cuenta que este programa de viajes está dirigido a personas mayores, jubilados o pensionistas, aunque como veremos más adelante se podrán beneficiar de esto más personas.
A continuación vamos a ofrecer un listado con los requisitos que exige el IMSERSO para viajar:
- Personas residentes en España que perciban una pensión de jubilación.
- Ser pensionista de viudedad con, al menos, 55 años de edad.
- Ser pensionista de otros conceptos o percibir una prestación por desempleo o subsidio por desempleo. En este caso, es necesario tener 60 años o más.
- Ser asegurado del sistema de la Seguridad Social, con 65 años o más.
VIAJAR CON EL IMSERSO SIN SER PENSIONISTA NI JUBILADO
Como hemos visto, el IMSERSO señala en sus requisitos para viajar con el Programa de Turismo del IMSERSO que no existe necesidad de ser pensionista o jubilado. Es decir, percibiendo una prestación o subsidio por desempleo con 60 años o más se podrá realizar un viaje del IMSERSO. También en caso de ser asegurado de la Seguridad Social con 65 años o más.
No tendrá que cumplir ningún requisito para viajar con el IMSERSO la persona que sea acompañante del usuario del Programa de Turismo del IMSERSO, que puede ser el cónyuge o la pareja. Es decir, los acompañantes pueden viajar con los descuentos del IMSERSO sin necesidad de ser pensionistas o jubilados.
También pueden viajar los hijos con discapacidad sin necesidad de ser jubilados. La normativa del IMSERSO señala que los usuarios del Programa de Turismo «podrán ir acompañadas de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas».
Debemos de tener en cuenta que el IMSERSO recoge en su normativa que un aspecto clave en este tipo de situaciones que las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para llevar a cabo las actividades cotidianas del día a día.