Una mujer logra más de 31.000 euros de indemnización tras ser despedida al quedarse embarazada

La empresa alegaba una supuesta “disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo", pero Andrea estaba embarazada

Una mujer logra más de 31.000 euros de indemnización tras ser despedida al quedarse embarazada

Una mujer, indemnizada al quedarse embarazada y ser despedida

El momento en el que una mujer recibe la noticia de que se ha quedado embarazada, cuando realmente lo deseaba, es una de las sensaciones más especiales que se puede experimentar en la vida. Pero el caso de Andrea, la notificación de traer al mundo una bebé también vino acompañada de una carta de despido, que, posteriormente, la justicia lo catalogó como improcedente e instó a la empresa donde trabajaba a indemnizarla con una generosa cantidad.

Esta trabajadora realizaba su actividad laboral como diseñadora de imagen -brand experience- en una empresa de Tarragona. En un primer momento firmó un contrato de tres meses y, después, se lo renovaron por otros seis. Sin embargo, antes de que finalizara este nuevo periodo, recibió una carta de despido disciplinario, en la que se alegaba una supuesta “disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo”, como argumenta su representación legal de Campmany abogados. Pero la realidad era bien distinta: Andrea estaba embarazada.

Petición de nulidad del despido

Ni siquiera hizo falta celebrar el juicio. Bastó con una fuerte negociación entre los abogados de Andrea y la empresa contratante, que llegaron a un entendimiento forzoso en el acto de conciliación judicial, obligatorio antes de celebrar un juicio tras una demanda de reclamación de despido. El caso, finalmente, se resolvió favorablemente para esta empleada, a pesar de los malos tragos que tuvo que pasar durante su gestación.

No obstante, la carta de despido no engañaba. En definitiva, los datos no suelen hacerlo. Andrea informó de su estado -embarazada- mediante el correo electrónico a sus superiores, quienes, por tanto, conocían los motivos por los que Andrea se encontraba en bajo rendimiento.

Así mismo, en el escrito que la representación legal de la empelada presentó en el acto de conciliación se manifiesta que «el motivo real de la extinción contractual obedece pura y llanamente al hecho de que la trabajadora se encontraba en estado gestacional«. Bajo su criterio se había producido una «discriminación por razón de sexo». Bastaba con echar un vistazo a la fecha de despido: inmediatamente después de que la empresa tuviera constancia de que Andrea iba a ser madre.

Indemnización superior a 30.000 euros

Finalmente, la ardua negociación entre las partes interesadas llegó a buen puerto, aunque no fue una tarea sencilla. En primer lugar, se retiró la nulidad del despido, ya que la afectada no estaba dispuesta a volver a su puesto de trabajo tras la mala praxis laboral de la empresa. Luego, la defensa de Andrea aceptó que el despido se calificara como «improcedente», ya que el objetivo se había conseguido, que era lograr la indemnización.

En primera instancia, la compañía donde trabajaba Andrea únicamente ofrecía 3.000 euros, pero acabaron desistiendo y aceptando la petición de los representantes de la extrabajadora como ‘indemnización complementaria’. Por tanto, se concluye que Andrea ha conseguido que la empresa que la discriminó asuma este cuantioso pago complementario a la indemnización por despido improcedente, cuyo importe era de 1.145,76 €, hasta una cuantía total de más de 31.000€ por su despido. Había ganado y, por fin, podía dedicarse en cuerpo y alma al cuidado del bebé que esperaba.

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