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Últimos días para presentar este trámite obligatorio y no perder la pensión no contributiva de incapacidad en 2025

Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva deben cumplir un trámite anualmente para no perder el derecho a la prestación

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
19/03/2025 20:40 - Actualizado 19/05/2025 23:34
Prestaciones
Trámite para no perder la pensión no contributiva de incapacidad

Trámite para no perder la pensión no contributiva de incapacidad./ Licencia Adobe Stock

La pensión no contributiva de incapacidad es un tipo de pensión destinada a personas con discapacidad igual o superior al 65% y que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Así, se trata de un tipo de prestación específica cuya gestión recae en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).

Al respecto, desde el IMSERSO explican que «la pensión no contributiva de incapacidad asegura a todos los ciudadanos en situación de incapacidad y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios».

Trámite para no perder la pensión no contributiva en 2025

Uno de los requisitos básicos para cobrar la pensión no contributiva de incapacidad es estar en situación de vulnerabilidad económica. Para ello, es obligatorio cumplir un requisito de carencia de rentas específico.

En 2025 se ha producido una subida de la cuantía de la pensión no contributiva de incapacidad. Así, también se ha generado una modificación en el requisito de carencia de rentas que deben cumplir los ciudadanos.

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Concretamente, en 2025, para el IMSERSO existe carencia de rentas cuando los ingresos de una persona beneficiaria individual, en cómputo anual, son inferiores a 7.905,80 euros anuales. Dicho requisito puede variar en función del nivel de ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia.

En cualquier caso, cada año, las personas beneficiarias de una pensión no contributiva deben presentar una declaración anual de rentas ante el IMSERSO. Este trámite también es obligatorio para las personas perceptoras de una pensión no contributiva de jubilación.

La finalidad de este trámite es acreditar que se sigue cumpliendo con el requisito de carencia de rentas exigido y que, por tanto, la persona en cuestión continúa con el mismo derecho a cobrar su pensión no contributiva.

Así, desde el IMSERSO informan que «el incumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual en el plazo indicado da lugar a la suspensión del pago de la pensión. La rehabilitación del pago únicamente se producirá cuando se presente la declaración anual y se acredite que continúa reuniendo los requisitos legalmente establecidos para mantener del derecho a la pensión no contributiva de incapacidad, con una retroactividad máxima de noventa días naturales a contar desde la fecha en que se presente la declaración y se acredite que reúne todos los requisitos exigidos».

El plazo para presentar la declaración anual de rentas ante el IMSERSO es del 1 de enero al 31 de marzo de cada año. Por tanto, los pensionistas aún disponen de algunos días para completar dicho trámite. Eso sí, esta declaración es completamente diferente a la Declaración de la Renta de la Agencia Tributaria.

Requisitos para cobrar la pensión no contributiva de incapacidad

Además del requisito de carencia de rentas, para tener derecho a cobrar la pensión no contributiva de incapacidad en 2025 también se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Tener una edad comprendida entre 18 y 65 años de edad. A partir de los 65 años de edad es posible pasar a percibir la pensión no contributiva de jubilación.
  • Residir en España.

Respecto a este último requisito, el IMSERSO exige que la persona beneficiaria haya residido en España durante un periodo mínimo de cinco años. Además, dos de estos años de residencia deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión no contributiva de incapacidad.

Los requisitos de carencia de rentas se aplican del mismo modo para la pensión no contributiva de jubilación, aunque existen diferencias importantes con respecto al resto de requisitos.

Últimos días para presentar este trámite obligatorio y no perder la pensión no contributiva de incapacidad en 2025
Alejandro Perdigones
Sobre el autor ▼
Periodista. Estudié el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en 2019. Desde entonces, he trabajado en diferentes Medios de Comunicación, especializándome en la redacción de noticias como EL MIRA. Me apasiona el periodismo. Actualmente me encargo de la redacción de contenidos en Tododisca, especializado en discapacidad, pensiones, prestaciones y trámites relacionados con la Seguridad Social.
Temas: Pensión
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