Este 14 de agosto se cierre el plazo en Andalucía para poder optar a las subvenciones institucionales para programas y mantenimiento en el ámbito de la discapacidad, que solo se pueden tramitar de manera exclusiva por vía online. Desde la Junta de Andalucía señalan que estas subvenciones pueden ir dirigidas al mantenimiento de sedes administrativas de entidades dedicadas a la atención a personas con discapacidad, entendiendo por tal el sostenimiento de su actividad ordinaria. Queda excluido el mantenimiento de centros que desarrollen actividad económica privada o con financiación pública.
Por otro parte, también se incluye la realización de programas para la atención a personas con discapacidad, como vamos a ver a continuación.
Programas que se pueden subvencionar
La Junta de Andalucía señala que se podrán subvencionar programas que contemplen las siguientes actuaciones a favor de la discapacidad:
- Atención integral: social, rehabilitación y psicológica a las personas con discapacidad.
- Promoción de la autonomía personal, prevención de la dependencia y vida independiente conforme a los documentos estratégicos y planes elaborados.
- Programas de atención a menores para la promoción de la autonomía personal y la estimulación.
- Prevención de la exclusión social y discriminación de las personas con discapacidad
- Ayuda a entidades de apoyos (antiguas entidades tutelares).
- Atención, formación e inclusión social de mujeres con discapacidad, promoción de la igualdad, prevención de malos tratos y violencia de género, conforme a la planificación estratégica.
- Ocio y participación en actividades sociales, culturales y deportivas con presencia conjunta de personas con y sin discapacidad.
- Información, orientación y asesoramiento a las personas con discapacidad y sus familiares.
- Autonomía y accesibilidad en la comunicación de las personas con discapacidad.
- Inserción e inclusión social y/o laboral, recuperación y participación en la comunidad de personas con discapacidad y personas con problemas de salud mental.
- Apoyo a las familias cuidadoras de personas con discapacidad.
- Formación y encuentros: Congresos, seminarios y jornadas.
- Transporte y movilidad puerta a puerta
Requisitos para acceder a estas subvenciones de la Junta de Andalucía
Pueden solicitar las subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Estar legalmente constituidas. Para el caso de las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, tener los Estatutos o su modificación debidamente presentados en el Registro de Fundaciones de Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera, puntos 1 y 3 en relación con el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para el resto de fundaciones, la obligación de inscripción y actualización irá referida al registro que por su ámbito le corresponda.
- Cumplir con las obligaciones en materia de autorización y registro de conformidad con la normativa vigente en materia de autorización, registro, acreditación e inspección de los Servicios Sociales de Andalucía. La acreditación del cumplimiento de este requisito se verificará dejando constancia en el expediente de los datos que facilite el Registro de Entidades,Centros y Servicios Sociales de Andalucía, referentes a la inscripción de la entidad en el mismo.
- Carecer de fines de lucro.
El plazo para solicitar estas subvenciones va a estar disponible hasta el 14 de agosto.