El grado incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para realizar su profesión habitual o cualquier actividad laboral similar a su profesión habitual. Sin embargo, la incapacidad permanente total es compatible con el desarrollo de otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que ocasionaron la pensión de invalidez.
En este sentido, la incapacidad permanente total permite una amplia compatibilidad de la pensión con otras actividades laborales. Por ello, la cuantía de la pensión a percibir con este grado de invalidez es equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador.
Así, una incapacidad permanente total puede derivar de un accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. El hecho causante es un aspecto importante para determinar la compatibilidad con otras actividades laborales.
AUMENTAR LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN
Una incapacidad permanente total no suele conllevar una pensión con una cuantía demasiado elevada, ya que se corresponde con el 55% de la base reguladora del trabajador. En este sentido, es recomendable que el ciudadano busque una actividad laboral compatible con su invalidez.
Más allá de eso, existen tres posibilidades legales por las que es posible aumentar la cuantía a percibir por una pensión de incapacidad permanente total en España. Una de ellas es a través de la incapacidad permanente total cualificada.
Cuando una persona beneficiaria de incapacidad permanente total tiene 55 años o más (sin haber cumplido la edad de jubilación) y se encuentra en paro, pasará a cobrar una pensión con un importe equivalente al 75% de la base reguladora.
Eso sí, la incapacidad permanente total cualificada no es compatible con ninguna actividad laboral. En caso de volver a iniciar un nuevo trabajo, el usuario volverá a percibir un 55% de la base reguladora.
OTRAS OPCIONES EN LA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL
Otra posibilidad para cobrar más por la incapacidad permanente total consiste en tener derecho a cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Este complemento está habilitado para las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad.
Se trata de un complemento dirigido a mujeres y hombres que acrediten haber sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos.
El importe mensual de este complemento en 2023 es de 30,40 euros al mes por cada hijo con el que se cumplan los requisitos, hasta un máximo de cuatro hijos. Así, también es posible cobrar un plus adicional para las pensiones de incapacidad permanente total.
Finalmente, otra alternativa consiste en solicitar un aumento del grado de invalidez. Es decir, pasar de una incapacidad permanente total a una incapacidad permanente absoluta. Para ello, es necesario solicitar una revisión de oficio al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para que el ciudadano certifique que se ha producido un empeoramiento en su estado de salud.
Hay que tener en cuenta que una incapacidad permanente absoluta implica la percepción de una pensión equivalente al 100% de la base reguladora. Por lo tanto, se trata de una subida considerable.