La incapacidad permanente total es uno de los grados de incapacidad que puede reconocer el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a un trabajador a causa de determinadas lesiones o enfermedades. Si bien, la Justicia también tiene la potestad para otorgar este derecho en última instancia.
Los hechos causantes que pueden dar lugar a una pensión de incapacidad permanente total son un accidente laboral, accidente no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional. Así, este tipo de incapacidad cuenta con unas características específicas.
Además, hay que resaltar que la incapacidad permanente total es un tipo de pensión revisable por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Normalmente, esta revisión suele tener lugar cada dos años para evaluar la situación del trabajador.
Dicha revisión puede finalizar con la retirada de la incapacidad permanente, aumentar el grado de incapacidad, reducir el grado de incapacidad o mantener el mismo grado reconocido inicialmente.
Compatibilidad de la incapacidad permanente total
La incapacidad permanente total es una prestación que inhabilita al trabajador para desarrollar su profesión habitual. Sin embargo, la normativa del INSS establece que el trabajador puede recibir la pensión y realizar otra actividad laboral diferente a la profesión habitual; siempre que no entre en conflicto con la incapacidad permanente reconocida.
En este sentido, debemos tener claro que únicamente protege económicamente por no poder ejercer la profesión habitual. Así, la incapacidad permanente total es igualmente aplicable en el caso de trabajadores autónomos.
De este modo, el término ‘profesión habitual’ hace referencia a las funciones profesionales que desempeña un trabajador a la hora de desarrollar una enfermedad o tener una lesión que le inhabilita para la realización de dicha profesión.
Según señalan los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘, la normativa de incapacidad permanente total establece que «en caso de que la limitación se produzca debido a un accidente, sea o no laboral, el término trabajo habitual se centra en las tareas que estaba ejecutando el trabajador en el momento de sufrirlo».
No obstante, si la incapacidad permanente total tiene lugar por una enfermedad profesional o enfermedad común, se considera como profesión habitual aquella a la que la personas se dedicaba doce meses anteriores a la fecha del inicio de la incapacidad temporal, de la cual deriva la incapacidad permanente.
Requisitos generales
Existen numerosos ejemplos de trabajadores con incapacidad permanente total. Por ejemplo un albañil no podrá ejercer su profesión en caso de sufrir una lesión que le impida levantar peso o mantenerse muchas horas realizando ejercicio físico.
Sin embargo, este albañil con una incapacidad permanente total reconocida podría realizar una actividad laboral como administrativo o cualquier otra actividad en la que pueda permanecer durante muchas horas sentado. El INSS siempre debe dar el visto bueno sobre la compatibilidad entre la pensión y una actividad laboral.
Además, hay que tener en cuenta que para ser beneficiario de una pensión de incapacidad total es necesario cumplir unos requisitos generales; como no tener derecho a percibir una pensión de jubilación contributiva y estar dado de alta o en situación asimilada de alta en la Seguridad Social.
La normativa establece que si el empresario no hubiera dado de alta al trabajador y sufre un accidente laboral o enfermedad profesional, el INSS realiza el alta automática del trabajador.