Un trabajador de 53 años ha logrado recuperar su incapacidad permanente total gracias a una sentencia emitida por el Juzgado de lo Social Nº6 de Barcelona. Se trata de un caso que demuestra que cualquier trabajador puede recuperar su incapacidad permanente total tras ser retirada previamente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Este caso judicial ha sido llevado por el bufete ‘Antonio Segura Abogados’, tal y como ha desvelado Borja Tusell Orovio, responsable de departamento laboral, a través de su cuenta de ‘Linkedin’. Así, vamos a tratar algunas de las claves de este caso particular.
El INSS le retiró la incapacidad permanente tras una revisión
El organismo encargado de otorgar una incapacidad permanente en España es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Una vez agotadas todas las posibilidades por la vía administrativa, el ciudadano puede solicitar una incapacidad permanente por la vía judicial.
Después de obtener una incapacidad permanente, el INSS podrá revisar tantas veces como quiera la situación del trabajador hasta que alcance la edad de jubilación ordinaria. Fruto de dicha revisión, el INSS puede retirar la incapacidad permanente a un ciudadano al considerar que su estado de salud ha mejorado.
Una vez aclarado este aspecto sobre las situaciones de incapacidad permanente, vamos a poner el foco en este caso particular. En el año 2021, este trabajador que ejercía como cocinero, obtuvo el reconocimiento de una incapacidad permanente total, debido al siguiente cuadro clínico:
- Oftalmología tiroidea.
- Estrabismo.
- Diplopía persistente.
Sin embargo, en el año 2023 el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le retiró el derecho a cobrar la incapacidad permanente total, debido a una supuesta mejoría en su situación. Una decisión con la que el ciudadano se mostró completamente en desacuerdo.
Hay que recordar que el reconocimiento de una incapacidad permanente total conlleva el cobro de una pensión con una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Si el trabajador está en paro y tiene 55 años o más, el importe de la pensión puede llegar al 75% de la base reguladora.
El Juzgado de lo Social le devuelve la incapacidad permanente total
Debido a la retirada de la pensión de incapacidad permanente total en 2023, este trabajador decidió reclamar por la vía judicial, contando con el apoyo y representación de los abogados del bufete ‘Antonio Segura Abogados’.
Según denuncian desde el bufete de abogados, el Instituto Nacional de la Seguridad Social retiró la incapacidad permanente total al trabajador sin haber realizado una exploración funcional y sin acreditar cambios clínicos reales con respecto a la situación por la que se le reconoció previamente la pensión de incapacidad.
Debido a esta situación, los abogados de la parte demandante defendieron que no existía base objetiva para retirar la pensión de incapacidad permanente total a su defendido. Después de analizar el caso, el Juzgado de lo Social Nº 6 de Barcelona, con sentencia del 7 de mayo de 2025, ha determinado revocar la decisión del INSS y devolver la pensión de incapacidad permanente total al trabajador.
Concretamente, el Juzgado de lo Social Nº6 de Barcelona ha dictaminado que no existe mejora en la situación del trabajador ni se ha producido una recuperación en la capacidad funcional.
De este modo, mantiene la pensión de incapacidad permanente total con una cuantía del 55% de la base reguladora de 1.022,81 euros que corresponde al trabajador. Además, se reconoce la incapacidad total con efectos retroactivos desde febrero de 2023, fecha en la que el INSS le retiró el derecho a seguir cobrando la pensión de incapacidad permanente total.