El subsidio para mayores de 52 años es una prestación habilitada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dirigida a las personas con 52 años o más que hayan agotado la prestación o subsidio por desempleo y cumplan con unos requisitos claves.
Una de las particulares del subsidio para mayores de 52 años es que se puede percibir hasta alcanzar la edad de jubilación. Además, durante la percepción de esta prestación, se sigue cotizando a la Seguridad Social de cara a la futura pensión.
«La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento», explican desde el SEPE.
Documentación necesaria
Para poder solicitar el derecho a recibir el subsidio para mayores de 52 años es necesario cumplir una serie de requisitos. Si bien, junto al modelo oficial de solicitud que corresponda, también es de obligado cumplimiento presentar los siguientes documentos ante el SEPE.
Documento de identificación de la persona solicitante. En el caso de personas españolas bastará con el DNI o pasaporte. Para Nacionales de la Unión Europea será necesario el certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea en el consta el NIE, además del pasaporte.
Si se trata de una persona no nacional de la Unión Europea, será necesario presentar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros/as (TIE), en la que consta el NIE, y también el pasaporte.
Otro detalle clave es presentar un documento bancario oficial en el que figura en el número de cuenta de la persona que será beneficiaria del subsidio. Además, en ocasiones también es necesario acreditar el justificante de rentas, siempre que lo solicite el Servicio Público de Empleo Estatal.
Como decíamos anteriormente, el subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar hasta la edad de jubilación. Sin embargo, para mantener la percepción de esta prestación, persona beneficiaria deberá presentar cada año una declaración de rentas anuales.
Esta declaración tiene como objetivo demostrar que se siguen cumpliendo los requisitos de rentas que se acreditaron al inicio de la solicitud del subsidio. El plazo para presentar la citada declaración es de 15 días hábiles a contar desde que se cumplen los doce meses de percepción.
Duda común sobre el subsidio para mayores de 52 años
Pongamos el supuesto de una persona que tiene 54 años y hace casi un año que dejó de cobrar el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva. Además, desde esa fecha no ha vuelto a trabajar ¿Tendría derecho al subsidio para mayores de 52 años?
Desde la Seguridad Social ofrecen una respuesta afirmativa. Eso sí, podría acceder a esta prestación siempre que cumpla con los requisitos de cotización exigido para ello. Sus rentas mensuales tampoco podrán superar el 75% del salario mínimo interprofesional vigente en ese momento.
Además, también aclaran que podrá ser beneficiario del subsidio para mayores de 52 años siempre que desde que accedió al subsidio anterior haya mantenido la inscripción correspondiente como demandante de empleo de forma ininterrumpida.