La prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) se puede cobrar como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia en España. Así, el importe a cobrar por esta prestación depende, entre otros factores, del número de personas que figuran en la unidad familiar.
Desde la Seguridad Social recuerdan que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Ingreso Mínimo Vital para personas con discapacidad
Las personas que tienen una discapacidad igual o superior al 65% pueden cobrar un extra por el Ingreso Mínimo Vital. Igualmente, también se puede percibir un complemento adicional en el IMV en caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
Es decir, la Seguridad Social contempla una protección económica extra para personas con discapacidad beneficiarias de la prestación del Ingreso Mínimo Vital. La cuantía del complemento por discapacidad depende de la Renta Básica Garantizada para el IMV.
En 2024, la Renta Básica Garantizada del Ingreso Mínimo Vital para un beneficiario individual es de 7.250,60 euros al año. Supone un importe de 604,20 euros al mes, ya que la prestación del IMV se devenga en 12 pagas al año.
Por su parte, el complemento por discapacidad del Ingreso Mínimo Vital es equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada vigente. Por tanto, la cuantía de este complemento por discapacidad en 2024 es de 1.595,13 euros al año.
Según informan desde la Seguridad Social, así quedan las cuantías del Ingreso Mínimo Vital en función del número de personas que conviven en una unidad familiar, con el complemento por discapacidad:
Desde la Seguridad Social recuerdan que «el cambio en las circunstancias personales de la persona beneficiaria del ingreso mínimo vital, o de alguno de los miembros de la unidad de convivencia, podrá suponer la modificación de la cuantía de la prestación económica mediante la revisión correspondiente por la entidad gestora».
Pensión para personas con discapacidad
Las personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 65% en España, tienen la posibilidad de cobrar un plus adicional por la prestación del Ingreso Mínimo Vital. Se trata de un aspecto que deben tener en cuenta los ciudadanos.
Además, la Seguridad Social también contempla una pensión especial para aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica y tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 65%. Hablamos de la pensión no contributiva de invalidez.
Curiosamente, las cuantías garantizadas de Ingreso Mínimo Vital están vinculadas a la cuantía de las pensiones no contributivas. Así, el importe de ambas prestaciones se ha revalorizado en un 6,9% en 2024.
En la actualidad, el importe de la pensión no contributiva de invalidez es de 7.250,60 euros al año. Para este caso, la cuantía mensual es de 517,90 euros, ya que la pensión se devenga en 14 pagas al año. Así, estos son los requisitos que se deben cumplir para tener derecho a una pensión no contributiva de incapacidad:
- Tener entre 18 y 65 años de edad.
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica.
También es obligatorio cumplir un requisito de residencia en España. Desde el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) indican que «es necesario residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud».