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He sufrido un infarto: ¿Puedo solicitar una pensión de incapacidad permanente?

Las secuelas que se originan por un infarto de miocardio pueden dar derecho al reconocimiento de una incapacidad permanente en España

Alejandro Perdigones
31/05/2025 17:00
Prestaciones
Solicitar una incapacidad permanente por un infarto

Solicitar una incapacidad permanente por un infarto./ Licencia Adobe Stock

Un infarto de miocardio es una situación grave de salud que puede dejar secuelas físicas y emocionales de gran relevancia en la persona afectada. En este sentido, son muchos los ciudadanos que se preguntan si pueden solicitar una incapacidad permanente en caso de haber sufrido un infarto de miocardio.

Las pensiones de incapacidad permanente son un tipo de pensión contributiva del sistema español. Su principal finalidad consiste en paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral.

Incapacidad permanente por infarto de miocardio

Los profesionales de ‘Fidelitis’, especialistas en incapacidad laboral, explican que «haber sufrido un infarto no implica automáticamente el derecho a una pensión ni a la jubilación anticipada. Sin embargo, si deja secuelas que limitan tu capacidad para trabajar, puedes solicitar una incapacidad permanente, que sí da acceso a una pensión».

El simple hecho de haber sufrido un infarto de miocardio no da derecho a cobrar una incapacidad permanente. Lo que puede ocasionar el derecho a una incapacidad permanente son las secuelas y limitaciones que presenta el trabajador como consecuencia del infarto.

Es decir, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y los equipos de valoración médica tienen la obligación de analizar el impacto real del infarto en la capacidad laboral del trabajador.

Con todo ello, estas son algunas de las secuelas o enfermedades derivadas de un infarto de miocardio que pueden justificar el reconocimiento de una incapacidad permanente en España:

  • Insuficiencia cardíaca (grados II-IV).
  • Arritmias graves o persistentes.
  • Fatiga crónica o disnea (ahogo) con pequeños esfuerzos.
  • Angina de pecho recurrente.
  • Reducción importante de la capacidad funcional.
  • Ansiedad o trastornos emocionales post-infarto.

Además, también es necesario analizar el trabajo habitual de la personas que ha sufrido el infarto y que solicita una incapacidad permanente. Es decir, se tendrá en cuenta si la profesión habitual del trabajador requiere de esfuerzo físico, implica condiciones de estrés elevado o presenta condiciones incompatibles con una patología cardíaca.

Cómo solicitar una incapacidad permanente tras sufrir infarto

Si has sufrido un infarto y presentas limitaciones en el trabajo derivadas de esa situación, lo más recomendable es que solicites una pensión de incapacidad permanente. La incapacidad permanente siempre se debe presentar inicialmente por la vía administrativa, ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Para presentar una solicitud de incapacidad permanente a causa de un infarto de miocardio, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos claves:

  • El trabajador deberá presentar todos los informes médicos posibles de cardiólogos, pruebas de esfuerzos y diagnósticos realizados. También habrá que presentar un informe de rehabilitación, en caso de que se haya realizado.
  • Se debe solicitar una evaluación al INSS.
  • El Tribunal Médico y los representantes del Equipo de Valoración de Incapacidades evaluarán si el trabajador cumple con los requisitos para obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente.

En caso de denegación de la solicitud, el trabajador podrá presentar una Reclamación Previa por la vía administrativa contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Del mismo modo, puede darse el caso de que el INSS rechace la Reclamación Previa.

Una vez agotadas todas las posibilidades por la vía administrativa, el trabajador tiene la posibilidad de llevar su solicitud de incapacidad permanente por la vía judicial. Todo ello, previa demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Temas: Incapacidad PermanentePensión
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