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Nuevas subvenciones por la contratación de personas con discapacidad en Madrid

El acceso al empleo se hace aun más complicado para las personas que sufren algún tipo de discapacidad o está en situación vulnerable

Lidia Orellana Mayor Lidia Orellana Mayor
19/06/2024 20:45 - Actualizado 05/06/2025 09:47
Empleo
El acceso al empleo es más complicado para las personas con discapacidad

El acceso al empleo es más complicado para las personas con discapacidad

Fomentar el empleo es una tarea en la que desde las administraciones, tienen mucho que aportar. Y es que la tasa de paro de España, dice mucho de la necesidad de fomentar este sector en nuestro país. Pero, ¿Cómo pueden las administraciones ayudar para incrementar el empleo? Una de las herramientas más eficientes es mediante subvenciones a empresas que cumplan ciertos requisitos.

Además, a la hora de determinar en qué dirección incrementar este tipo de iniciativas, hay que poner el foco en los sectores más vulnerables. Aquellos a los que les es más complicado acceder al mercado laboral. Un buen ejemplo de esto, son las personas con alguna discapacidad. El mundo laboral les da en ocasiones las espalda a este sector de la población, que llega a pasar dificultades por no contar con las mismas oportunidades.

Subvenciones en Madrid para fomentar el empleo

La Comunidad de Madrid tiene en marcha una serie de subvenciones para generar empleo entre las personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables. Se trata de incentivos para fomentar la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Madrid cuenta con subvenciones para quienes den empleo a personas con discapacidad
Madrid cuenta con subvenciones para quienes den empleo a personas con discapacidad

Por tanto, son las empresas quienes son susceptibles de beneficiarse de subvenciones si contratan a personas con discapacidad. Pero, ¿Qué tipo de empresa puede beneficiarse de este incentivo? Desde la web oficial de la Comunidad de Madrid, establecen quienes sí y quienes no se pueden beneficiar de esta herramienta:

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  • Pueden beneficiarse los trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones establecidos.
  • No podrán acogerse a las ayudas las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica propia, excepto sucursales u otro tipo de establecimientos con autonomía de gestión que compartan la personalidad jurídica de la entidad principal o matriz radicada en España.
  • Como excepción a lo anterior, aun careciendo de personalidad jurídica, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes y comunidades de propietarios que contraten personas con discapacidad.

Requisitos que deben cumplir las personas contratadas

Fomentar el empleo entre las personas con discapacidad y trabajar en la inclusión de estos trabajadores en las empresas. Este es el objetivo de la Comunidad de Madrid con estas subvenciones dirigidas a las empresas que contraten personas con alguna discapacidad.

Para resolver las dudas sobre los requisitos que deben cumplir las personas contratadas, la Comunidad de Madrid establece:

  • Que deben pertenecer a alguno de los colectivos vulnerables objeto de estas ayudas: personas con discapacidad, personas con capacidad intelectual límite, mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata de seres humanos, víctimas de terrorismo y personas en situación o riesgo de exclusión social.
  • Deben ser personas en situación de desempleo y estar inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid el día inmediatamente anterior a su contratación.

Sin embargo, este último requisito, el de estar inscrito en la oficina de empleo, no será exigible a las siguientes personas:

  • Personas trabajadoras con discapacidad, cuando procedan directamente de Centros Especiales de Empleo, siempre y cuando acrediten una antigüedad en los mismos de, al menos, seis meses, o de un enclave laboral, siempre que en ambos casos no haya transcurrido más de tres meses desde que causaran baja en el Centro Especial de Empleo, cualquiera que fuera la causa de la misma.
  • Mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata de seres humanos y víctimas de terrorismo, respectivamente, además de las personas con discapacidad y las personas con capacidad intelectual límite, cuando se trate de transformaciones de contratos temporales en indefinidos.
Nuevas subvenciones por la contratación de personas con discapacidad en Madrid
Lidia Orellana Mayor
Sobre el autor ▼
Soy licenciada en periodismo por la Universidad Europea de Madrid. Cuento con un Máster en Márketing Digital y RRSS, y un experto en gabinetes de comunicación política. Mi primera etapa profesional, la ocupé trabajando como redactora en medios de comunicación como Antena 3. Con objeto de conocer la 'otra parte' de la profesión, más tarde me especialicé en gabinetes de comunicación, trabajando en la planificación de estrategias de diversas empresas privadas y partidos políticos. Actualmente, aunando mi experiencia y mi pasión por escribir, soy redactora de las secciones de sociedad, empleo y prestaciones de Tododisca.
Temas: DiscapacidadesTrabajo
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