Existen determinadas acciones que pueden comprometer el derecho a cobrar una incapacidad permanente, tanto para obtener el derecho a una pensión de este tipo como para no perder el derecho a percibir la misma.
Algunas acciones pueden entrar en conflicto con las limitaciones que dieron origen al reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente. Si el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es consciente de ello, es posible que puedan quitarte la incapacidad permanente.
Recuerda que el INSS puede realizar una revisión de oficio de la incapacidad permanente de un ciudadano en cualquier momento, salvo que la persona beneficiaria ya haya alcanzado la edad ordinaria de jubilación vigente.
Bailar con una incapacidad permanente
Cuando un trabajador se encuentra de baja laboral por incapacidad temporal, es necesario que realice todo aquello necesario para favorecer su recuperación. Es decir, debe evitar acciones que puedan ser contraproducentes para sus dolencias y para el correspondiente proceso de recuperación.
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Algo parecido ocurre con las personas beneficiarias de una incapacidad permanente. Es recomendable que eviten realizar actividades que puedan entrar en contradicción con las causas que provocaron el derecho a esta pensión.
En este sentido, un ciudadano pregunta a los profesionales de ‘Fidelitis’ si existe algún problema en relación a su incapacidad permanente por subir un vídeo bailando a redes sociales. Así, es conveniente tener en consideración ciertos elementos al respecto.
Cualquier persona tiene derecho a hacer vida social y realizar las actividades que crea oportunas. De este modo, los profesionales de ‘Fidelitis’ indican que «la realidad es que podemos justificar de mil formas diferentes que estamos haciendo una vida social».
Subir un vídeo bailando puede ser reinterpretado como quieran desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Sin embargo, puede tratarse de una actividad que ayude al ciudadano a mejorar su estado anímico o disfrutar.
Lo importante es saber defenderse en caso de que el INSS exija explicaciones al ciudadano sobre dicha acción. De este modo, es fundamental que la acción a realizar no sea muy contradictoria con la incapacidad permanente reconocida, ya sea bailar, ir al gimnasio u otra actividad similar.
Causas para perder una incapacidad permanente
A priori, una pensión de incapacidad permanente tiene carácter vitalicio. No obstante, existen determinadas acciones que pueden provocar que un ciudadano pierda el derecho a seguir cobrando dicha pensión.
En relación a este asunto, los expertos de ‘CampmanyAbogados’ ofrecen algunas de las causas más comunes por las que el Instituto Nacional de la Seguridad Social puede retirar el derecho de un ciudadano a cobrar una pensión de incapacidad permanente:
- Por realizar un trabajo incompatible con la incapacidad permanente reconocida.
- No acudir a una revisión de oficio establecida por el INSS. En estos casos, la Administración puede considerar una falta de interés por mantener la incapacidad permanente.
- Por un error de diagnóstico.
- En caso de que el pensionista cambie de residencia y se vaya a vivir al extranjero, y no presente el documento de fe de vida durante el primer trimestre de cada año a la Seguridad Social.
Igualmente, desde ‘CampmanyAbogados’ comentan que se puede perder la incapacidad permanente por «haber cometido fraude para obtener la pensión, o si el ciudadano ha actuado de manera imprudente o fraudulenta para mantenerla o mejorarla. O, incluso, si abandonas sin razones justificadas los tratamientos médicos o programas de rehabilitación prescritos en relación con tu incapacidad».