El momento de repartir la herencia es de los más duros en el duelo por la pérdida de un familiar. Pues a los difíciles momentos de asumir que esa persona ya no está y que no la volveremos a ver, se suman todos los trámites a los que hay que hacer frente. Y el problema no es solo las gestiones que realizar, es que en ese momento, hay que responsabilizarse de lo que tenía el causante y del reparto que debe hacer de ello en base a si hay o no testamento.
En este transcurso, hay muchos factores que pueden ser determinantes: El reparto puede suscitar disputas entre familiares, puede haber falta de acuerdo, el fallecido puede haber ocultado algún detalle de su vida, e incluso pueden aparecer personas inesperadas como puede ser un hijo bastardo. Cabe señalar, que la RAE señala que un hijo bastardo es aquel que nacen de una relación extramatrimonial. Es decir, de un padre con otra mujer, fuera de su relación matrimonial.
Esta es la herencia que le corresponde a un hijo bastardo
En el reparto de una herencia, un hijo bastardo tiene los mismos derechos hereditarios que los engendrados dentro del matrimonio. Esto significa que en una herencia intestada, es decir, sin testamento, todos los hijos recibirán la misma porción de la herencia. De igual modo, cuando llegue el momento de instar el Acta de Declaración de Herederos, el notario declarará herederos por partes iguales a todos los hijos, incluido al bastardo.
En el caso de que se trate de una herencia testada, con testamento, igualmente el testador debe incluir en su testamento al hijo bastardo para concederle, al menos, la parte de la legítima que dicta el Código Civil, que le corresponde. Cabe señalar por tanto, que dicha condición de bastardo, es decir, de hijo engendrado fuera del matrimonio, no va afectar en absoluto sus derechos hereditarios siempre que esté reconocido por el progenitor.
Y esto último, es sin duda, una de las claves. Pues la legislación española no distingue en cuanto los derechos hereditarios entre hijos legítimos o hijos ilegítimos o bastardos. Sin embargo, el matiz de que estén reconocidos por el progenitor, es muy importante. Pero, ¿Qué ocurre si no es así? ¿Qué ocurre con la herencia cuando el hijo no está reconocido?
Los derechos sucesorios de un hijo no reconocido
El papel en una herencia de un hijo bastardo no reconocido, es más complicado. Y es que en muchas ocasiones, los hijos que se conciben en una relación extra matrimonial, no son reconocidos legalmente. Y es que en estos casos, puede haber personas que no sepan quién es su padre, pero a veces aun sabiéndolo, si no tiene un documento legal que lo acredite, ciertos trámites se tornan realmente complicados.
En los casos de hijos bastardos no reconocidos, si el padre tuviera constancia de este hijo y quisiera, una opción es que lo incluyera en su testamento. De este modo, lo estaría reconociendo y podría tener con él el mismo tratamiento que con el resto de los hijos en cuanto a la herencia se refiere. El problema es que si este padre fallece sin reconocer al hijo ni incluirlo en el testamento, la única vía del hijo es iniciar un procedimiento judicial denominado de filiación o de paternidad para que sea la autoridad judicial, la que declare su condición de hijo de dicha persona.
En este caso, si en la demanda de filiación, la autoridad judicial determina que el demandante es hijo del causante, aunque este no lo hubiese incluido en el testamento, le correspondería la legítima de la herencia. En el mismo supuesto pero sin que el causante hubiese otorgado testamento, el notario deberá instituirlo heredero a partes iguales, como al resto de los hijos del causante.