La herencia es, seguramente, la manera más amarga de recibir bienes e inmuebles para una persona, ya que implica, de manera directa, el fallecimiento de alguien muy querido y muy cercano de la familia. Además, en el momento en el que la línea sucesiva toma posesión de los bienes, tanto por testamento y voluntad del fallecido como legislativamente heredados por el Código Civil, están obligados a tributar lo que se conoce como el Impuesto de Donaciones y Sucesiones.
De hecho, los expertos avisan de que cada vez es más frecuente observar como familias renuncian a herencias por la imposibilidad de pagar este impuesto. Por ello, las instituciones autonómicas trabajan para eliminar o suprimir este tributo al máximo posible, mediante bonificaciones y deducciones fiscales, con el objetivo de hacer atractivas las herencias y de fortalecer el deseo de preservar los bienes familiares.
Supresión del Impuesto de Sucesiones
De acuerdo con las autoridades competentes, el Impuesto de Sucesiones es un gravamen que aplican las administraciones cuando muere una persona y sus bienes pasan, o deben pasar, a sus parientes más cercanos y otras personas designadas a través de testamentos. No obstante, en los casos en los que no se trata de una sucesión testada -es decir, no existe documento que acredite la voluntad de repartir los bienes por parte del fallecido- la herencia se reparte según lo establecido en el Código Civil.
De este modo, se trata de un impuesto proporcional, que depende del tamaño de la herencia, y que puede llegar a ser tan alto que a veces muchos herederos no pueden costearlo, y prefieren renunciar a la herencia, algo que, según expertos en este ámbito es una práctica frecuente entre líneas sucesivas sin alto poder adquisitivo.
Por ello, dependiendo de las comunidades, es un impuesto que puede ir desde el 7,65% de lo heredado hasta un 34%, y esto sin incluir otras deducciones y cargas relacionadas con la herencia. Por tanto, la intención de las regiones al tomar la decisión de eliminar o reducir a su mínima expresión el pago del Impuesto de Sucesiones es justamente evitar que los herederos renuncien y que se mantenga el patrimonio familiar.
Comunidades exentas del Impuesto de Sucesiones
A partir de 2025 en varias comunidades autónomas se otorgará hasta un 99% de bonificación a las personas que estén recibiendo una herencia y les corresponda pagar el impuesto de Sucesiones. Esto significa que la administración regional exonera de forma casi absoluta a los herederos del pago de este tributo y podrán recibir la herencia de sus familiares sin apenas costes.
Así, las comunidades autónomas que ya aplican diferentes medidas para atenuar, reducir o eliminar este impuesto son las siguientes:
- Andalucía. Ha reducido el Impuesto de Sucesiones al mínimo, especialmente cuando se trata de herencias que no superan el millón de euros.
- Aragón. La exoneración del impuesto es de un 100% cuando la herencia no sobrepasa los 500.000 euros.
- Asturias. Los hijos que heredan y son menores de 21 años no pagan el impuesto, y cónyuges y otros parientes están exonerados cuando la herencia no supera los 300.000 euros.
- Islas Baleares. Los herederos están exonerados del pago del impuesto en un 100% desde 2022.
- Canarias. El Impuesto de Sucesiones es prácticamente inexistente desde 2023.
- Cantabria. Los herederos directos tienen bonificaciones entre un 90% y un 99%, y los indirectos, reducciones de hasta un 25%.
- Castilla-La Mancha. Los herederos directos están exonerados en un 100%, a menos que la herencia supere los 300.000 euros, en cuyo caso la bonificación será de un 80%.
- Cataluña. Los herederos directos menores de 21 años están exonerados cuando la herencia no es superior a los 100.000 euros.
- Castilla y León. Las bonificaciones son de un 99% para los herederos directos.
- Extremadura. Familiares directos y menores de 21 años tienen una bonificación del 99%.
- Galicia. Solo se comienza a pagar el Impuesto de Sucesiones a partir del millón de euros, y hay bonificaciones para los herederos directos.
- Comunidad de La Rioja. La bonificación es de un 99%.
- Comunidad de Madrid. La exoneración es de un 99% para herederos directos, y de un 25% para otros parientes.
- Murcia. La exoneración del Impuesto de Sucesiones es de un 99% para herederos directos.
- Navarra. Los herederos directos no pagan nada hasta los 250.000 euros, y a partir de este importe, el impuesto es de un 0,8%.
- Comunidad Valenciana. La exoneración del Impuesto de Sucesiones es de un 99%.
- País Vasco. Los herederos están exonerados cuando la herencia no supera los 400.000 euros.