Estas son las pensiones que no tendrán paga extra en 2021

Te explicamos que pensiones no cuentan con paga extra en 2021, más allá de la revalorizaciones aprobadas por el Gobierno

Pensión 2021 que no reciben paga extra

Pensión 2021

La mayoría de pensiones recogidas por el sistema español contemplan un pago de 14 pagas anuales, una por cada mes y dos pagas extras durante los meses de junio y noviembre. Cada paga extra se corresponde con la cuantía habitual a recibir en un mes normal de prestación.

Así, en este 2021, se ha producido una revalorización de las pensiones mediante decreto ley por parte del Gobierno de España. En este sentido, las pensiones contributivas han subido un 0,9%, mientras que las prestaciones no contributivas alcanzan un incremento del 1,8%.

No obstante, existen varias excepciones en torno a diferentes pensiones recogidas por el sistema, la cuales no contemplan pagas extras durante año. Así, si eres beneficiario de una de las siguientes prestaciones debes saber que no recibirás paga extra durante 2021:

En estos dos casos, las personas beneficiarias no tienen paga extra durante año; si no que cuentan con las pagas extras prorrateadas durante las 12 mensualidades ordinarias de todo el año. Sin embargo, en caso de que la incapacidad permanente venga derivada de enfermedad común o enfermedad laboral, si se daría la circunstancia de cobrar las pagas extras de verano y Navidad.

Por contra todas las pensiones contributivas contemplan 12 pagos mensuales y dos pagas extras, correspondientes a los meses de junio y noviembre. Dentro de las prestaciones contributivas encontramos jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente (enfermedad común o accidente no laboral).

Qué pensiones no suben en 2021

A pesar de lo dispuesto anteriormente, no todas las pensiones registran una subida este 2021, según lo aprobado en el real decreto ley impulsado por el Gobierno de España. Así, el BOE del 30 de diciembre recoge que no todas las pensiones públicas se revalorizarán durante la vigencia de los actuales Presupuestos del Estado.

Además, cabe destacar que probablemente este será el último año en el que las pensiones se revaloricen por decreto ley. Y es que la intención del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migración, José Luis Escrivá, es que a partir de 2022 la revalorización de las pensiones se lleven a cabo en función del IPC.

De cualquier modo, estas son las pensiones que no experimentarán subida de ningún tipo durante 2021, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE).

No revalorizadas en 2021

1. «Las pensiones abonadas con cargo a cualquiera de los regímenes o sistemas de previsión enumerados en el artículo 42 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, cuyo importe íntegro mensual, sumado, en su caso, al importe íntegro mensual de las otras pensiones públicas percibidas por su titular, exceda de 2.707,49 euros íntegros en cómputo mensual, entendiéndose esta cantidad en los términos expuestos en el precedente artículo 38″.

Es decir, el Boletín Oficial del Estado, explica que las personas que ya recibían un máximo de 2.707,48 euros en su pensión no verán incrementada su cuantía.

Sin embargo, el BOE especifica en su propio escrito: «Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable a las pensiones extraordinarias del Régimen de Clases Pasivas del Estado y del sistema de la Seguridad Social originadas por actos terroristas, ni a las pensiones excepcionales derivadas de atentados terroristas, reconocidas al amparo del Real Decreto-ley 6/2006, de 23 de junio, ni a las reconocidas en virtud de la disposición adicional cuadragésima tercera de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social».

2.  Pensión de Clases Pasivas a favor de Camineros del Estado: «Las pensiones de Clases Pasivas reconocidas a favor de los Camineros del Estado causadas antes del 1 de enero de 1985, con excepción de aquellas cuyo titular sólo percibiera esta pensión como tal caminero».

3. «Las pensiones de las Mutualidades integradas en el Fondo Especial de la mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado que, a 31 de diciembre de 2020, hubieran ya alcanzado las cuantías correspondientes al 31 de diciembre de 1973″.

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