Las personas que han trabajado más de un año en España tienen la posibilidad de cobrar la prestación contributiva por desempleo. Para ello, es necesario que se cumplan una serie de requisitos y que el cese de la actividad se haya producido por causas ajenas a la voluntad del trabajador. El organismo encargado de la gestión de esta prestación es el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Hay que recordar que el Gobierno de España ha aprobado una transformación del SEPE en Agencia Española de Empleo en 2023. Una transformación que se llevará a cabo de forma progresiva a lo largo de 2023, para provocar los menores inconvenientes posibles en los ciudadanos.
Aviso del SEPE sobre prestación del paro
Cuando una persona pasa a situación de desempleo por causas ajenas a su voluntad, surgen una serie de dudas al respecto. En caso de no cumplir los requisitos necesarios para cobrar la prestación contributiva del paro, es posible que el ciudadano cumpla las condiciones apropiadas para percibir alguno de los subsidios por desempleo gestionados por el SEPE.
Muchos ciudadanos se preguntan si es posible cobrar la prestación contributiva por desempleo en caso de que aún le queden días de vacaciones por disfrutar. En este sentido, desde el SEPE argumentan que «si te quedan días de vacaciones por disfrutar, no puedes solicitar tu prestación contributiva todavía porque no estás aún en ‘situación legal de desempleo’, requisito indispensable para tener derecho a la prestación por desempleo».
Así, la situación legal de desempleo se alcanzará después de que el trabajador haya cumplido el periodo de vacaciones que no ha disfrutado y que la empresa haya pagado la liquidación o finiquito que corresponda.
Tras el cumplimiento del periodo de vacaciones, el ciudadano dispone de un plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación contributiva por desempleo. Dicha solicitud se puede llevar a cabo a través de la Sede Electrónica del SEPE, por correo administrativo, oficina de prestaciones o en cualquier oficina de registro público.
🔷 ¿Puedes solicitar tu prestación si tienes días de vacaciones por disfrutar?
🔶 No puedes solicitar tu prestación todavía porque no estás aún en ‘situación legal de desempleo’.
📅 Después tendrás 15 días hábiles para tramitar.
🔵 Más información 👉 https://t.co/ALfK8I8vvm pic.twitter.com/Bc9dGPvFFA
— SEPE (@empleo_SEPE) March 15, 2023
Igualmente, desde el SEPE recuerdan que es imprescindible darse de alta como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma que corresponda al ciudadano, previamente a realizar la solicitud. El alta como demandante de empleo tendrá que permanecer activa durante todo el periodo de percepción de la prestación.
¿Se puede cobrar el paro por baja voluntaria?
Las personas que abandonan un puesto de trabajo de forma voluntaria no tienen derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo. La normativa del SEPE establece, al respecto, que «para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo».
Con todo ello, la cuantía a percibir por la prestación contributiva por desempleo en 2023, depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales del trabajador, teniendo en cuenta los 180 últimos días cotizados. En este caso, no se contempla las horas extraordinarias.
Por su parte, la duración de la prestación del paro varía en función de las cotizaciones por desempleo efectuadas por el trabajador en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o el momento en el que cesó la obligación de cotizar a la Seguridad Social.