En España, puede darse el caso de que una persona que está cobrando una prestación contributiva por desempleo o subsidio, inicie una actividad laboral por cuenta ajena a tiempo parcial. Cuando esto ocurre pueden darse dos escenarios principalmente. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explica el procedimiento en cada casa.
Si una personas que percibe una prestación por desempleo comienza una actividad laboral a tiempo parcial, puede elegir suspender temporalmente la prestación o compatibilizar ambos ingresos. Se trata de una situación específica que debe conocer el ciudadano.
Así, tal y cómo informan desde el SEPE, pueden darse dos situaciones por norma general:
- Si el trabajador interrumpió la prestación por desempleo y el contrato del trabajo a tiempo parcial tiene una duración inferior a 360 días, puede solicitar la reanudación de la prestación que quedó interrumpida en su momento.
- Por otra parte, si el contrato dura 360 días o más, el trabajador tiene la posibilidad de reanudar la prestación que paralizó o solicitar una nueva prestación con las cotizaciones realizadas.
Respecto a esta última opción, desde el SEPE argumentan que «si opta por reanudar, las cotizaciones que hubieran servido para generar la nueva prestación (que no ha elegido), no podrán tenerse en cuenta para una prestación posterior».
Aspectos claves según el SEPE
Los profesionales del SEPE explican que en caso de compatibilizar la prestación con el trabajo a tiempo parcial, la duración de la prestación en cuestión no sufrirá ninguna variación. No obstante, el usuario debe tener en cuenta que la cuantía a percibir por dicha prestación se verá reducida en proporción a la jornada de trabajo a realizar.
Así, si la prestación no está agotada al finalizar el contrato de trabajo y solicita su reanudación, el usuario volverá a percibir la cantidad íntegra que le corresponda y no un importe reducido.
En referencia a esta particular situación, desde el SEPE informan que «el pago de la prestación y subsidio por desempleo se realizará, salvo excepciones , mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que usted indique, siempre que sea titular de la misma».
Prestación por desempleo y contrato de trabajo a tiempo parcial
Si una persona que se encuentra percibiendo una prestación contributiva por desempleo o subsidio inicia una actividad laboral a tiempo parcial, debe comunicarlo en tiempo y forma a la Administración.
El ciudadano puede comunicar esta situación a través de la Sede Electrónica del SEPE, aunque para ello necesita certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña en Cl@ve.
También puede comunicar este hecho en el servicio de atención telefónica a la ciudadanía, que se encuentra disponible de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas.
Finalmente, también es posible comunicar la situación en la oficina de empleo. En este caso, es necesario obtener cita previa en la Sede Electrónica del SEPE o a través del teléfono habilitado para tal gestión.