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La Seguridad Social informa cómo cambiar la cuenta corriente en la que cobras la pensión

Es posible que su entidad bancaria se ponga en contacto directo con la Seguridad Social para notificar esta modificación

RD Tododisca RD Tododisca
16/01/2022 05:00 - Actualizado 01/07/2025 13:02
Prestaciones
Seguridad Social cuenta bancaria

Cambio cuenta bancaria Seguridad Social

Puede ser que en este inicio de 2022 hayas cambiado de cuenta bancaria. Si eres beneficiario de una pensión es necesario que informes a la Seguridad Social respecto a esta modificación, para que el correspondiente ingreso pueda llevarse a cabo sin ningún tipo de complicaciones.

En la actualidad numerosas entidades bancarias cuenta con un servicio que permite cambiar de forma automática en la Seguridad Social la modificación de cuanta bancaria, sin necesidad de que el usuario tenga que realizar ningún tipo de trámite.

Así, en caso de que su entidad bancaria no incorpore este servicio, la Seguridad Social informa sobre los pasos a seguir para realizar el cambio de cuenta bancaria en el que percibir la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, entre otras.

Cómo cambiar de cuenta bancaria para percibir la pensión

Primeramente, es necesario consultar a su entidad bancaria si dispone del servicio habilitado para actuar el nombre del cliente y comunicar directamente el cambio de cuenta bancaria para que la Seguridad Social ingrese la pensión.

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En caso de que su entidad bancaria cuente con este servicio habilitado, el usuario debe autorizar para que comunique la nueva cuenta a la Seguridad Social. De esta forma, será la propia entidad bancaria quién realice los trámites pertinentes con la Administración.

Es decir, la entidad bancaria que colabora con la Seguridad Social comunicará el cambio en nombre del cliente. Seguidamente, el usuario recibirá un SMS y un e-mail para confirmar que dicha modificación se ha realizado con éxito.

Según explican desde la Seguridad Social, este servicio solo está disponible en caso de pensiones, prestaciones familiares y también para el Ingreso Mínimo Vital.

Cita previa en la Seguridad Social

En caso de que su entidad bancaria no cuente con ese servicio, es necesario que el pensionista lleve a cabo por sí mismo la gestión con la Seguridad Social. Para ello debe pedir cita previa y un funcionario del estado le llamará el día y la hora concertados previamente.

Respecto a este tema, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha habilitado un servicio de cita previa para atención telefónica en materia de pensiones y otro tipo de prestaciones.

Este servicio de cita previa se encuentra disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, al que podrás acceder a través del siguiente enlace. En esta web es posible optar entre citar previa para pensiones u otro tipo de trámites. Igualmente, también permite consultar o anular una cita concertada con anterioridad.

Seguidamente, para acceder al sistema es necesario seleccionar una de las posibilidades de acceso habilitadas, como certificado digital, registro en cl@ve o sin certificado digital.

Una vez dentro el sistema ofrecerá tres posibilidades diferentes de cita previa al usuario con la Seguridad Social:

  • Primera cita disponible en una oficina del código postal que seleccionemos.
  • Primera cita disponible en cualquier centro de la provincia elegida.
  • Elegir nosotros mismos el centro, el día y la hora de la cita.

Una vez seleccionada la opción, será conveniente seleccionar el trámite que queremos realizar con la Seguridad Social, que en este caso se trata de ‘Atención telefónica mediante cita‘.

Una vez elegido, respondemos a una sencilla pregunta de seguridad y, a continuación deberemos seleccionar el trámite que queremos realizar entre los siguientes:

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Temas: PensiónSeguridad Social
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