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La Seguridad Social incorpora una novedad importante para las personas con discapacidad

Las personas con discapacidad cuenta desde el mes de mayo con una novedad relevante aprobada por la Seguridad Social

RD Tododisca RD Tododisca
03/06/2023 09:15 - Actualizado 04/06/2025 12:53
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Novedad de la Seguridad Social para personas con discapacidad

Novedad de la Seguridad Social para personas con discapacidad

La Seguridad Social ha aprobado una interesante novedad con beneficios para las personas con discapacidad en España. Se trata de una medida que ya está en vigor y de la que se pueden beneficiar las personas con discapacidad que cumplan las condiciones pertinentes establecidas por la Administración.

Esta novedad de la Seguridad Social para personas con discapacidad se recoge en el Real Decreto 370/2023, publicado en el BOE, el 17 de mayo de 2023. En concreto, hablamos de una medida que tiene como objetivo mejorar el acceso a la jubilación anticipada de las personas con discapacidad en España.

Las personas que tienen reconocido un determinado grado de discapacidad en España pueden acceder a diferentes beneficios sociales y fiscales contemplados por la normativa del Gobierno de España. Igualmente, también se aplican algunos beneficios excepcionales por parte de las Comunidades Autónomas (CCAA).

Novedad de la Seguridad Social

El Real Decreto mencionado anteriormente incorpora una esperada reforma en la jubilación anticipada para las personas con una discapacidad igual o superior al 45%. En concreto, se reduce el número de años de cotización exigidos con la discapacidad reconocida para tener derecho a esta modalidad de jubilación anticipada.

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Novedad de la Seguridad Social para personas con discapacidad
Novedad de la Seguridad Social para personas con discapacidad./ Licencia Adobe Stock

La normativa de la Seguridad Social permite a las personas con discapacidad igual o superior al 45% jubilarse de forma anticipada desde los 56 años de edad. Igualmente, las personas con una discapacidad igual o superior al 65% pueden acogerse a la jubilación anticipada desde los 52 años de edad. En ambos casos se aplican requisitos específicos.

Una de las ventajas de las personas con discapacidad que se acogen a la jubilación anticipada, es que la Seguridad Social no aplica coeficiente reductores sobre la cuantía de pensión contributiva que le corresponde al ciudadano.

Hasta el momento, las personas con una discapacidad igual o superior al 45% debían acreditar 15 años de cotización con la discapacidad reconocida para acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad. Se trata de un requisito de difícil cumplimiento, por lo que la Seguridad Social ha procedido a aplicar una reforma acorde.

Jubilación con discapacidad igual o superior al 45%

Con la nueva normativa de la Seguridad Social, sólamente es necesario acreditar una cotización de cinco años con la discapacidad reconocida. Para ello, es necesario presentar la certificación del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o del órgano correspondiente de la respectiva comunidad autónoma en la que resida el ciudadano.

A pesar de que sólo se necesita acreditar cinco años de cotización con la discapacidad reconocida, si que resulta obligatorio contar con 15 años con el certificado de discapacidad reconocida. Además, hay que completar, al menos, 15 años de cotización.

Los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ aclaran que «la rectificación más importante que llega con la nueva ley de la Seguridad Social es la reducción de 15 a cinco años cotizados con el 45% de discapacidad reconocido. No obstante, sigue siendo imprescindible haber acumulado, como mínimo, 15 años cotizados en total, tal como fija la normativa general de la jubilación ordinaria«.

Además, la Seguridad Social también incorpora otras novedades con beneficios para las personas con discapacidad. Por ejemplo, a partir de ahora será necesario que al menos un porcentaje del grado de discapacidad reconocido se haya producido por una de las enfermedades recogidas en el listado para la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%.

En este sentido, el Gobierno de España ha mostrado su predisposición a modificar el listado de patologías que dan derecho a la jubilación anticipada por discapacidad, con relevantes actualizaciones.

La Seguridad Social incorpora una novedad importante para las personas con discapacidad
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Temas: DiscapacidadesSeguridad Social
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