La nueva ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha anunciado públicamente que el Gobierno de España está trabajando en mejoras sobre la modalidad de jubilación anticipada.
Hay que tener en cuenta que la Seguridad Social aplica ciertos coeficientes reductores en la pensión para los ciudadanos que acceden a la jubilación anticipada voluntaria y la jubilación anticipada forzosa.
En este sentido, Elma Saiz expone que la Seguridad Social se encuentra trabajando en una modificación reglamentaria para ofrecer «mayores garantías de acierto» a la hora de aplicar los coeficientes reductores en materia de jubilación anticipada.
COEFICIENTES REDUCTORES EN LA JUBILACIÓN ANTICIPADA
Elma Saiz ha adelantado esta medida tras la interpelación urgente realizada por el diputado del BNG, Néstor Rego, en el Pleno del Congreso de los Diputados, que reclama equiparación de los coeficientes reductores para los jubilados del sector de la extracción de la piedra, granito y pizarra a los de otros colectivos laborales de España.
Igualmente, Néstor Rego también reclama a la Seguridad Social el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por diagnóstico de silicosis a los trabajadores del sector de la extracción de la piedra, granito y pizarra.
Ante ello, Saiz ha mostrado su «firme voluntad» de dar continuidad a las reformas sobre pensiones aprobadas en la anterior legislatura. Además, ha defendido que los coeficientes reductores de la jubilación anticipada deben aplicarse dentro de la normativa de la reforma de pensiones del año 2021.
Al respecto, la ministra de Seguridad Social ha asegurado que «por tanto, en materia de jubilación anticipada por razón de la actividad, se está llevando a cabo una revisión del procedimiento de reconocimiento de coeficientes reductores».
REVISIÓN DE COEFICIENTES REDUCTORES
Elma Saiz ha explicado en el Congreso de los Diputados que es necesario que se cree una comisión para evaluar la posible aplicación de coeficientes reductores en la jubilación anticipada, de cara a un sector laboral específico. Para ello, es necesario tener en cuenta los indicadores que acrediten la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de dichos coeficientes reductores.
En este contexto, la ministra de Seguridad Social recuerda que el Real Decreto de 1984 recoge la reducción en la edad de jubilación para determinados grupos profesionales. Sin embargo, no recoge a los trabajadores del sector de la transformación de piedra y mármol.
Por tanto, en la actualidad, a los trabajadores del sector de transformación de piedra y mármol se le aplica la normativa del Real Decreto de 2011, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer los coeficientes reductores; así como anticipar la edad de jubilación correspondiente en el sistema de la Seguridad Social.
Como conclusión, Elma Saiz señala que «no existe posibilidad de hacer extensiva la aplicación de la asignación de coeficiente reductor para anticipar la edad de jubilación que tenga reconocido mediante Real Decreto un colectivo a otro colectivo que no esté incluido expresamente en su ámbito de aplicación».
Además, ha añadido que «la actuación de la Seguridad Social no es arbitraria, sino que tiene que estar fundada siempre en el cumplimiento de las normas vigentes».