La Seguridad Social es el organismo que se encarga de la gestión de las pensiones tipos contributivas en España. En el caso de las pensiones no contributivas vemos al Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO. Las personas con discapacidad pueden acceder a ambas prestaciones, llegando incluso a recibir una bonificación por edad que ofrece la Seguridad Social.
Este organismo señala que la pensión de jubilación es una ayuda que sustituye a los ingresos del trabajo por un pensión vitalicia cuando el trabajador deja de trabajar total o parcialmente por su edad. Al igual que cualquier tipo de prestación, cuenta con una serie de requisitos para acceder a ella. En este caso, los más destacados son la edad y la cotización. Y es que para acceder a la pensión de jubilación tienes que tener cierta edad y tener como mínimo 15 años cotizados.
José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha señalado que la edad par acceder a la jubilación se pueden reducir en determinados casos, por motivos como:
- Discapacidad
- Coeficientes reductores
- Jubilación anticipada
Bonificación de edad por discapacidad en la pensión
La información que se recoge en la web de la Seguridad Social señala que «los periodos en los que en los que el trabajador acredite una discapacidad igual o superior al 65%, reducen la edad ordinaria de jubilación en un periodo equivalente al que resulte de aplicar, al tiempo efectivamente trabajado», el coeficiente reductor que corresponda:
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Coeficiente del 0,25, en los casos en que el trabajador acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
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Coeficiente del 0,50, en los casos en que el trabajador acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65% y acredite la necesidad de ayuda de otra persona.
Eso sí, debemos de tener en cuenta los recientes cambios que ha llevado a cabo el Gobierno en materia de jubilación anticipada por discapacidad, ya que hay varios cambios que afectan a este colectivo.
Jubilación anticipada para las personas con discapacidad
Desde la Seguridad Social señalan que si se aplican los diferentes coeficientes reductores, la edad mínima en la que un trabajador puede acceder a una pensión de jubilación por discapacidad con grado igual o superior al 65% es de 52 años. Los trabajadores con una discapacidad acreditada igual o superior al 45% pueden acceder a una pensión de jubilación anticipada por discapacidad a los 56 años.
Además, debemos saber que el Consejo de Ministro aprobó el pasado mes de mayo la nueva normativa sobre la jubilación anticipada por discapacidad. Entre los cambios propuestos se incluye la reducción de de 15 a 5 años en el tiempo dentro del periodo de cotización exigido con la discapacidad reconocida.
Asimismo, se debe de tener un grado de discapacidad igual o superior al 45%. Eso sí, para alcanzar dicho valor existe la posibilidad de sumar diferentes patologías de discapacidad. A esto hay que sumarle que la persona podrá acreditar la discapacidad con tan solo un informe médico. Antiguamente para esto solo valía la acreditación del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o del órgano autonómico que ejerza sus competencias.
Desde el ejecutivo señalan que con la reforma aplicada, se duplicará el número de personas con discapacidad igual o superior al 45% que podrán beneficiarse de la jubilación anticipada.