La Mesa de Diálogo Social ha firmado recientemente un nuevo acuerdo de pensiones. En este sentido, el Gobierno de España, sindicatos y patronales han cerrado un nuevo acuerdo para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, entre otras cuestiones.
Este acuerdo aún debe aprobarse por las Cortes Generales. Salvo sorpresa, esta nueva reforma de pensiones saldrá adelante y provocará cambios importantes en cuanto al acceso a la jubilación se refiere.
Cambios importantes en la jubilación activa
Los profesionales de BBVA explican que «la jubilación activa es una modalidad de jubilación que permite compatibilizar la percepción de pensión y la realización de un trabajo por cuenta ajena o propia». En este sentido, la Seguridad Social ha acordado hasta 4 medidas importantes que beneficiarán el acceso de los ciudadanos a esta modalidad de jubilación.
La jubilación activa está habilitada para trabajadores por cuenta ajena y trabajadores por cuenta propia. El objetivo de esta modalidad es favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad, así como facilitar el paso de una vida laboral activa hacia la jubilación.
Con todo ello, la principal medida que se aplica es la posibilidad de compatibilizar el 100% de la pensión de jubilación con el desarrollo de una actividad laboral, a partir del quinto año de demora. Eso sí, el porcentaje de pensión que se puede compatibilizar se establece de manera progresiva:
- Compatibilidad de un 45% de la pensión de jubilación durante el primer año de demora.
- Un 55% en el segundo año de demora.
- Un 65% en el tercer año de demora.
- Un 80% en el cuarto año de demora.
- Un 100% a partir del quinto año de demora.
Además, los profesionales de BBVA indican que «el porcentaje inicial de la pensión a percibir será del 75% en el supuesto de que de que la actividad laboral que se compatibilice con la percepción de la pensión, se realice por cuenta propia (como autónomo) y se acredite tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena con carácter indefinido con una antigüedad mínima de 18 meses. Hasta ahora esa situación daba derecho al cobro de un 100% de la pensión, por lo que ha empeorado con la nueva reforma». Se trata de otra modificación relevante.
Igualmente, también se puede percibir el 75% de la pensión de jubilación desde el primer momento en caso de que el trabajador autónomo contrate indefinidamente a un nuevo trabajador por cuenta ajena. Para ello, es preciso que el trabajador contratado no haya tenido ningún vínculo laboral con el trabajador autónomo en los dos años previos a la jubilación activa.
Dichos porcentajes se incrementarán en un 5% por cada año de jubilación activa. Por tanto, a partir del quinto año de demora, también podrán compatibilizar el 100% de la pensión de jubilación con la actividad laboral.
Más cambios claves sobre la jubilación activa
La compatibilidad del 100% de la pensión de jubilación y la actividad laboral también será compatible con los incentivos de la jubilación demorada. Por tanto, los trabajadores que retrasen el momento de jubilación de forma ordinaria podrán acceder a importantes beneficios.
Además, la Seguridad Social ha acordado eliminar el requisito de contar con la carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa. Esta medida ayudará a que un mayor número de personas pueda acogerse a la jubilación activa en España en los próximos años.
Para aquellas personas que se jubilen en 2024, 2025 y 2026, para tener derecho a cobrar el 100% de la pensión de jubilación, será necesario haber cotizado un mínimo de 36 años y seis meses. Si bien, para aquellos que se jubilen a partir de 2027, este requisito aumentará hasta 37 años de cotización.