La Justicia ha retirado el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta a un trabajador administrativo que fingió «unos padecimientos que realmente no tiene». Esta sentencia ha provocado que el ciudadano deje de cobrar una pensión contributiva con una cuantía cercana a los 3.000 euros al mes.
Hay que recordar que las pensiones de incapacidad permanente tienen la función de compensar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral.
En el caso del grado de incapacidad permanente absoluta, se reconoce a un trabajador al cual se le considera inhabilitado para desarrollar cualquier profesión u oficio. Una incapacidad absoluta implica la percepción de una pensión con una cuantía equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador
La Justicia le retira la incapacidad permanente absoluta
A este trabajador, que desarrollaba una actividad laboral como peón industrial, se le concedió una incapacidad permanente absoluta por accidente de trabajo. Dicha pensión fue reconocida por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
En este caso, el trabajador obtuvo el reconocimiento de una pensión con una cuantía equivalente a 2.428,74 euros al mes, en doce meses al año. El abono de dicha pensión correspondía a la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo ‘Mutualia’.
Ante esta situación, la empresa presentó una demanda judicial contra la decisión del INSS. Este trabajador sufrió una caída desde una mesa con una altura de 0,80 metros de altura, golpeándose el hombro derecho y la cabeza.
Con todo ello, la sentencia judicial establece que dicha caída no le causó al trabajador «ninguna lesión reseñable», tal y como exponen los compañeros de ‘Diario Sur’ en relación a este caso particular.
Se trata de un caso que muestra que la Justicia ordinaria también tiene potestad para retirar el derecho a una incapacidad permanente reconocida previamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Sin embargo, lo habitual es que el trabajador acuda a la vía judicial para solicitar una pensión de incapacidad tras la denegación por parte del INSS.
Pierde la pensión por ‘fingir’
El magistrado que ha llevado el caso expone que el hombre también se ha negado a recibir un tratamiento médico en una institución especializada. En este sentido, argumentan que «se ha llegado a un diagnóstico únicamente en base a una observación, que no exploración, porque el actor no lo permite».
Es decir, este trabajador obtuvo el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo con una sola observación. Se trata de algo que también llamó la atención del juez que llevó la causa.
Teniendo en cuenta todas las pruebas presentadas por la parte demandante, la sentencia concluye que «desde el primer momento ha simulado una enfermedad que no tenía para acceder a unas prestaciones sociales, que además han llegado incluso a su esposa, a las que en otro caso no tendría derecho, por no reunir los requisitos necesarios para ello».
Con todo ello, este ciudadano ha perdido su pensión de incapacidad permanente debido a un «fraude de ley». Es decir, el trabajador ha fingido tener unas secuelas y limitaciones que realmente no existen para obtener una prestación económica. Su pensión era superior a 3.000 euros al mes debido a los correspondientes recargos que se aplicaban a la empresa.