La reforma de pensiones liderada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, también ha provocado cambios sustanciales de cara a la pensión de viudedad en 2022; además de establecer nuevas medidas a prácticamente todos los niveles.
En concreto, la primera pata de reforma de pensiones, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2022, ha equiparado la situación de las parejas de hecho a la de los matrimonios, con respecto al acceso a la pensión de viudedad.
En este sentido, la normativa elimina los requisitos económicos que se exigían hasta el 2021 para las parejas de hecho con respecto a la pensión de viudedad.
Además, la pensión de viudedad cumple con una particularidad diferencial en relación a otras prestaciones. En este caso, la Seguridad Social exige una serie de requisitos para ser causante de una pensión de viudedad y requisitos para ser beneficiario de una pensión de este tipo.
Requisitos para ser causante de la pensión de viudedad en 2022
Hay que tener en cuenta que la Seguridad Social requiere de una serie de condiciones con respecto al cónyuge o miembro de la pareja de hecho cuyo fallecimiento genera el derecho a la pensión de viudedad al otro miembro de la pareja.
Así, tal y como recoge la Seguridad Social pueden ser causantes de una pensión de viudedad las personas que estén afiliadas a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada de alta. Además, tendrán que contar con los requisitos de cotización exigidos en cada caso:
- En caso de que el fallecimiento tenga lugar por enfermedad común, la Seguridad Social exige 500 días de cotización de forma ininterrumpida dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
- Si el fallecimiento es por accidente, sea o no de trabajo, no se exige ningún tipo de cotización previa.
- Si al fallecer la persona no se encuentra en situación de alta o asimilada de alta, generará el derecho del otro miembro de la pareja a recibir una prestación de viudedad en caso de haber cotizado un mínimo de 15 años durante su vida laboral.
Otros requisitos causantes para la pensión de viudedad
La situación anterior es la más común para ser causante de la pensión de viudedad. No obstante, la nueva reforma de pensiones también contempla otras situaciones en las que se puede ser causante de este tipo de prestación a partir de 2022:
- Pensionistas jubilados en su modalidad contributiva.
- Personas que reciben un subsidio de incapacidad temporal, maternidad, riesgo durante embarazo y riesgo durante la lactancia natural que cumplan el periodo de cotización requerido.
- Pensionistas de incapacidad permanente en su modalidad contributiva.
- Trabajadores que hubiesen cesado en su trabajo con derecho a una prestación de jubilación y hayan fallecido sin solicitar dicha prestación.
- Trabajadores con derecho a incapacidad permanente total que decidieron optar por una indemnización a tanto alzado en favor de menores de 60 años.
Igualmente, los profesionales de ‘Jubilación de Futuro‘ explican que también pueden generar el derecho a una pensión de viudedad los trabajadores desaparecidos por un accidente (sea laboral o no) en circunstancias que hagan presumible su muerto y de los que no haya habido noticias durante los 90 días naturales posteriores al accidente.
En publicaciones posteriores pasaremos a detallar cuáles son los requisitos que debe cumplir el miembro de la pareja no fallecido para tener derecho a la pensión de viudedad.