El Ministerio de Trabajo y Economía Social, encabezado por Yolanda Díaz, consiguió aprobar el Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre. Así, desde septiembre de 2022, las personas empleadas del hogar pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años, en las mismas condiciones que el resto de trabajadores asalariados de la Seguridad Social.
La normativa aprobada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social recoge una serie de medidas para mejorar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadores del hogar. Así, se trata de una serie de beneficios claves en cuanto a la protección al desempleo se refiere.
Mejoras en las trabajadoras empleadas del hogar
Desde la Seguridad Social informan que «siempre que una persona vaya a realizar una actividad en el entorno doméstico a cambio de un salario. Hay que solicitar el alta independientemente del número de horas que trabaje. Se consideran tareas domésticas, entre otras, el servicio de limpieza o el cuidado de menores o personas dependientes».
La mayoría de personas que trabajan en España como empleadas del hogar son mujeres. Así, desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social han aplicado una serie de medidas para mejorar las condiciones laborales y con la Seguridad Social de las personas pertenecientes a este colectivo de trabajadores.
Con la nueva normativa, las personas empleadas del hogar que pasen al paro podrán acceder a la prestación contributiva por desempleo, en las mismas condiciones que el resto de trabajadores asalariados. Igualmente, también tendrán derecho a percibir cualquiera de los diferentes subsidios por desempleo que gestiona el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda del SEPE destinada a personas con 52 años o más que han agotado la prestación contributiva por desempleo. Así, se trata de un subsidio que se puede percibir hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos iniciales que dieron la percepción al mismo.
Gracias a la nueva Ley, las personas empleadas del hogar también tienen derecho a cobrar el subsidio para mayores de 52 años. Eso sí, siempre que cumplan con todos los requisitos exigidos por el SEPE:
- Tener 52 años o más sin haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. Las personas empleadas del hogar deben mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Haber agotado el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Cumplir con todos los requisitos necesarios para cobrar la pensión contributiva de jubilación, a excepción de la edad.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Así, una de las grandes ventajas del subsidio para mayores de 52 años es que permite cotizar a la Seguridad Social durante la percepción del mismo. Este es un aspecto clave de cara a la futura pensión de jubilación, del que ahora también se podrán beneficiar las personas empleadas del hogar.
Como conclusión, desde el SEPE recuerdan que «la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».