En la mayoría de casos, cuando se reconoce una pensión de incapacidad permanente a un trabajador deriva de una situación previa de incapacidad temporal. Sin embargo, es posible acceder a una incapacidad permanente sin haber tenido una baja de incapacidad temporal anterior.
Así, para que una incapacidad temporal pase a ser una incapacidad permanente, es obligatorio que se den una serie de circunstancias. Del mismo modo, también es imprescindible que se cumpla una serie de requisitos básicos.
Pasar de una incapacidad temporal a una incapacidad permanente
La Seguridad Social define la incapacidad temporal como «una situación de la persona trabajadora mientras se encuentra imposibilitada temporalmente para trabajar y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Durante ese periodo, el trabajador puede recibir una prestación económica para cubrir la pérdida de rentas ocasionada por esta situación».
Por su parte, la Seguridad Social explica que «la incapacidad permanente es una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido a un tratamiento médico prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que anulan o reducen su capacidad laboral».
De este modo, para que una incapacidad temporal se convierta en incapacidad permanente, es preciso que se produzcan una serie de condiciones. El principal requisito que se debe cumplir, es que las lesiones, enfermedades, secuelas y/o limitaciones, se determinen como previsiblemente definitivas.
Es decir, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe determinar que las lesiones y secuelas del trabajador se han vuelto previsiblemente definitivas. Por tanto, generan unas limitaciones que afectan al trabajador en el ámbito laboral.
Pasar de una incapacidad temporal a una incapacidad permanente
Dependiendo del grado de incapacidad permanente solicitado, el trabajador deberá de cumplir una serie de requisitos específicos. Igualmente, el hecho causante también puede influir en los requisitos a cumplir por parte del ciudadano.
El trabajador puede solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente durante cualquier momento durante la situación de baja laboral por incapacidad temporal. Hay que tener en cuenta que la incapacidad temporal tiene una duración máxima de 18 meses, que puede llegar a ser de dos años en circunstancias excepcionales.
Además, cuando un trabajador alcanza los 18 meses de baja por incapacidad temporal, la Seguridad Social está obligada a abrir un expediente de incapacidad permanente. En este sentido, tiene la obligación de analizar la situación del trabajador para establecer si cumple las condiciones para el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.
La apertura del expediente de incapacidad permanente es una obligación del INSS cuando el trabajador cumple los 18 meses de baja por incapacidad temporal. Sin embargo, esto no significa que la Seguridad Social vaya a conceder al ciudadano la pensión de incapacidad permanente.
Al respecto, desde la Seguridad Social informan que «la incapacidad permanente es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral».
En definitiva, es necesario que se cumplan una serie de situaciones concretas para que una baja laboral por incapacidad temporal derive en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente, por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social.