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Requisitos para cobrar una pensión por discapacidad

Para poder percibir una pensión no contributiva de invalidez es necesario cumplir determinados requisitos básicos

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RD TODODISCA
26/11/2023 03:45
Prestaciones
Pensión por discapacidad

Pensión por discapacidad

La pensión por discapacidad también se conoce como pensión no contributiva (PNC) de Invalidez. Si bien, para poder acceder a este tipo de jubilación, también es necesario cumplir con una serie de requisitos mínimos específicos.

Primeramente, es necesario tener claro que la discapacidad no es lo mismo a una pensión de incapacidad permanente. En este sentido, la discapacidad es una situación en la que se acredita que una persona cuenta con algún tipo de deficiencia física o psíquica.

Por su parte, una incapacidad permanente hace referencia de forma directa a la percepción de una pensión por el impedimento de poder trabajar a causa de una enfermedad o accidente. La incapacidad permanente puede ser parcial, total o absoluta.

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Requisitos pensión por discapacidad en 2022

La pensión por discapacidad o no contributiva de Invalidez requiere del cumplimento de determinados requisitos por parte de la persona potencialmente beneficiaria. Así lo aclaran desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS):

  1. Tener reconocido un grado de discapacidad en un porcentaje igual o superior al 65%.
  2. Tener una edad entre 18 y 64 años de edad en el momento de realizar la correspondiente solicitud.
  3. Residir de forma legal en España. Además, debe haberlo hecho durante al menos 10 años entre los 16 años y la edad actual. Y dos de esos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.
  4. En 2022, la persona beneficiaria debe acreditar unos ingresos inferiores a 5.899 euros anuales.

En este último caso, tal y como indican los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘, el umbral de ingresos no permitidos aumenta de forma considerable si se convive con otros familiares.

En el caso de cónyuges y/o parientes de segundo grado, los ingresos deben ser inferiores a 10.029,32 euros si hay dos convivientes; inferiores a 14.14.159,04 €/año en caso de tres personas; y menores de 18.288,76 €/año con cuatro convivientes.

Por su parte, si la persona potencialmente beneficiaria vive con alguno de los padres o hijos, los requisitos de ingresos deben ser menores a 25.073,3 €/año si hay dos convivientes; inferiores a 35.397,6 €/año en caso de tres personas; y por debajo de 45.721,9 €/año con cuatro convivientes.

Grados de discapacidad

Contar con un grado acreditado de discapacidad menor al 33% no genera ningún tipo de pensión por discapacidad, y tampoco beneficios fiscales o sociales. Es decir, no existe ningún tipo de pensión por discapacidad inferior al 33%.

Pensión por discapacidad
Pensión por discapacidad

En el caso de que la discapacidad sea igual o superior al 33%, pero inferior al 65%, no será posible percibir la pensión no contributiva de invalidez. Sin embargo, dicho grado de discapacidad si permite disponer de beneficiosos sociales y fiscales.

Así, cuando una persona cuenta con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, en ese momento si tiene derecho a recibir una pensión por discapacidad. Además, también dispone de los beneficios fiscales y sociales mencionados anteriormente.

Desde ‘CampmanyAbogados‘ explican que para solicitar una pensión por discapacidad es necesario dirigirse a «la conserjería de servicios sociales de tu comunidad autónoma, ya que el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) tiene transferidas las competencias».

Temas: DiscapacidadesPensión
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