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Requisitos para cobrar la ayuda económica del SEPE destinada a víctimas de violencia de género

El SEPE es el organismo encargado de gestionar la Renta Activa de Inserción (RAI) para personas víctimas de violencia de género

RD Tododisca RD Tododisca
04/06/2022 22:00 - Actualizado 31/05/2025 00:36
Prestaciones
Ayuda económica del SEPE para víctimas de violencia de género

Ayuda económica del SEPE para víctimas de violencia de género

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, se encarga de la gestión de una ayuda económica específica para personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica. Se trata de la Renta Activa de Inserción (RAI).

La Renta Activa de Inserción es una ayuda económica destinada a personas en situación de vulnerabilidad y que no tienen derecho a la prestación contributiva o subsidio por desempleo. Entre estos colectivos se encuentran los parados de larga duración, personas con discapacidad, emigrantes retornados y víctimas de violencia de género o violencia doméstica.

En este sentido, la Renta Activa de Inserción, gestionada por el SEPE, tiene una cuantía mensual igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Así, dicho importe en 2022 es de 463, 21 euros.

Requisitos ayuda del SEPE para víctimas de violencia de género

La Renta Activa de Inserción cuenta con unos requisitos comunes para todos los colectivos potencialmente beneficiarios. Sin embargo, también existen determinadas condiciones en función de dicho colectivo.

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Ayuda económica del SEPE para víctimas de violencia de género
Ayuda económica del SEPE para víctimas de violencia de género

Entre los requisitos comunes para recibir la RAI se encuentran los siguientes, según indican los profesionales del SEPE:

  1. Estar en situación de desempleo.
  2. Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el periodo de duración de la ayuda económica.
  3. Ser menor de 65 años.
  4. Carecer de ingresos mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento; excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
  5. No haber sido beneficiario o beneficiaria de tres derechos al programa de la RAI.

Por norma general, no es posible percibir la RAI si en los últimos 365 días anteriores ya se ha sido beneficiario de esta ayuda económica del SEPE. Sin embargo, este requisito no se exige en caso de personas víctimas de violencia de genero o violencia doméstica.

Requisitos específicos

Las personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica deben cumplir una serie de requisitos específicos para tener derecho a recibir esta ayuda económica del SEPE.

Ayuda económica del SEPE para víctimas de violencia de género
Ayuda económica del SEPE para víctimas de violencia de género

Concretamente, debe tener acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género o violencia doméstica. También debe estar inscrita como demandante de empleo, siempre que se reúnan todos los requisitos expuestos anteriormente.

Según explican desde el SEPE, también pueden tener condición de víctima de violencia de género «los hijos o hijas menores y los menores sujetos a su tutela o guarda y custodia que sufran esta violencia».

La duración máxima de esta ayuda económica del SEPE es de once meses. Si embargo, en el caso de personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica puede aumentar en casos excepcionales.

Concretamente, las víctimas de violencia de género o violencia doméstica que se han visto obligadas a cambiar su residencia en los doce meses a la solicitud o durante la percepción de la RAI; pueden solicitar una ayuda complementaria equivalente a tres mensualidades de la Renta Activa de Inserción.

Esta ayuda complementaria se recibe en un pago único, sin que ello suponga una reducción de la duración general de esta ayuda del SEPE.

Requisitos para cobrar la ayuda económica del SEPE destinada a víctimas de violencia de género
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